Megacausa Techo Digno: el juez Martínez Vivot confirmó la competencia de la Justicia Provincial
Parte de la defensa de los acusados planteó que estas investigaciones correspondían a la Justicia Federal porque se evalúa el manejo de fondos nacionales.
El juez de Garantías, Julio Martínez Vivot confirmó la competencia provincial en la investigación de la causa Techo Digno que se tramita en su Juzgado roquense y así desestimó su pase a la Justicia Federal, como requirió parte de la defensa.
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Esta petición, requerida por el abogado Damián Torres, se repetirá en acusaciones similares en otros tribunales, incluso ya están las audiencias programadas para el martes próximo 30 en Viedma y en un segundo expediente en Roca para el 22 de agosto.
La investigación en el juzgado de Martínez Vivot tiene como imputados a la actual intendenta de Cervantes, Claudia Montanaro y a su antecesor en la gestión, su padre Gilberto Montanaro, quienes están representados por Torres. Esta causa además se mantienen acusaciones para los empresarios Longinos P. De Dios (ECA), Néstor Sarasola (Eraiki) y Jacobo Baskir (Baskir), patrocinados por Juan Luis Vicenty, Carlos Gadano y el defensor oficial Miguel Salomon.
Torres tiene otra media docena de defendidos, todos ellos exintendentes, en tramitaciones en Roca y Viedma.
Actualmente, hay investigaciones en las cuatro circunscripciones -con más de una treintena de imputados, entre exfuncionarios y constructores- y se inició en el 2016, con una inicial remisión a la Justicia Federal y, finalmente, regresó en el 2018 a la órbita rionegrina.
Los fiscales cuestionan el uso por parte de intendentes de fondos nacionales para viviendas del Plan Techo Digno y acusan a los exjefes comunales del delito de “defraudación a la administración pública en concurso ideal con el delito de uso de documento público falso”.
En Roca, Torres planteó la incompetencia provincial porque los recursos utilizados pertenecían a la Nación.
Después de la audiencia del miércoles, el juez Vivet resolvió ayer y desestimó ese requerimiento. Enfatizó que él habia intervenido en la causa y su participación respondía a que ya entendió que era “competente para intervenir en este legajo”. Igual convalidación consideró ocurrió con los restantes magistrados actuantes.
Consideró que los “fondos remitidos” por Nación “hacia el municipio de Cervantes no son del Estado Nacional, como indican las defensas, sino que dichos fondos ingresaron a una cuenta oficial del municipio en el Banco Nacional” y “estaba a nombre del intendente de dicho municipio, quien era el encargado de su control, custodia, administración y disposición”.
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Agregó que así era que el “municipio pagaba a los empresarios por las certificaciones de avances de obra”, expresando que el tratamiento “corresponde la competencia provincial y no federal”.
Para reafirmar esa postura recurrió también a las actuaciones de la Corte y del ministerio Público cuando plantearon que los fondos nacionales “fueron recibidos e incorporados al patrimonio local” y que la Justicia local debe “entender acerca de los hechos presuntamente delictivos que pudieran haberse cometidos”.
Después, el magistrado rechazó un pedido de sobreseimientos realizados por Vicenty y Salomon para De Díos y Baskir al entender que esa cuestión fueron negadas en anteriores revisiones y, además, consideró que las acusaciones se corresponden con “conductas humanas realizadas por ellos, como empresarios, y una persona jurídica”.
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