La denuncia por ciberpatrullaje en Cipolletti derivó en una disputa jurídica entre dos exjueces en pleno juicio
El fiscal jefe Santiago Márquez Gauna y el defensor Carlos Vila se trenzaron en una discusión sobre el derecho a la privacidad. Fue luego de la denuncia del excamarista de Roca contra la fiscalía en el juicio contra un miembro del clan Montecino.
Dos exjueces de Río Negro libraron una batalla académica con filosos argumentos jurídicos sobre el derecho a la privacidad en un juicio en Cipolletti. Los alegatos de la fiscalía y la defensa sobre la acusación por coacción contra un miembro del clan Montecino perdieron protagonismo desde el inicio al fin de la audiencia y el conflicto de la víctima se transformó en un mero actor de reparto.
Denuncian ciberpatrullaje sin orden judicial en el Ministerio Público Fiscal de Cipolletti
El fiscal jefe Santiago Marquez Gauna –exjuez de Cipolletti – y Carlos Vila defensor del imputado –y exjuez destituido de la provincia- se trenzaron en una entretenida y profunda discusión sobre sí el acceso a la información de geolocalización a través de la telefonía móvil requiere de una orden judicial.
La contienda que se vivió en una audiencia de los tribunales cipoleños se presentó como la segunda temporada de una serie que RIO NEGRO visibilizó luego de que Vila denunciara que la fiscalía obtuvo información que atenta contra la privacidad sin una orden judicial.
Lo dijo después de que el funcionario de la Fiscalía Luis Guerra declarara que con solo enviar un mail a las compañías de celular podía obtener muchísima información personal, entre ellas la geolocalización. Pero no solo eso, y este es un punto central en el debate, también se puede acceder con ese número celular a una lista de llamadas entrantes y salientes, mensajes, uso de datos e incluso conocer las redes sociales vinculadas a ese número.
Márquez Gauna asistió a los alegatos solamente para responder a este debate que de antemano sabía que iba a transcurrir. Antes no había asistido a ninguna audiencia de este juicio hasta que los fiscales Guillermo Ibañez y su adjunta Vanina Bravo quedaron estupefactos ante el planteo de Vila.
El fiscal desplegó una vez más sus artes de litigación y brindó una serie de sólidos argumentos para defender la acción de Guerra. Se valió de algunas citas jurídicas, convenciones, el código procesal y la constitución nacional para decir que la geolocalización es un «metadato» que no proporciona información sensible.
Sin embargo no se refirió a un tema más delicado como son las listas de llamadas y otro tipo de información que si bien no se encuentra dentro de la categoría de «datos sensibles» de la ley de datos personales no deja de ser información reservada que el cliente le entrega a una compañía en el contexto de una relación contractual.
El fiscal con mejor capacidad oratoria en la Cuarta Circunscripción criticó a su contrincante de turno y entre sus alegatos indicó que un juicio no es una tribuna académica y que más allá del conocimiento que mostró Vila en la materia el debate no era el lugar para tamaña discusión.
En algún momento llegó a citar jurisprudencia estadounidense que nada tiene que ver con el contexto local, sino con la cruzada entre el gobierno norteamericano y los gigantes tecnológicos como Facebook. De hecho el fundador de la red social Mark Zuxkerberg debió comparecer ante el Congreso tras el escándalo de Cambridge Analytica.
Márquez Gauna sostuvo además que el pedido de Vila fue extemporáneo y por ello acusó al excamarista roquense de buscar herramientas jurídicas para solventar un olvido porque el reclamo debió hacerse en el control de acusación.
“El juicio no es una tribuna académica, no es para venir a contar todo lo que sabe. Para estar hablando de una prueba por 30 minutos que luego va a reconocer que no tiene ninguna incidencia, está bárbaro. El doctor Vila puede escribir un libro académico, sería buenísimo escuchar ese debate, pero en el juicio no se plantea algo sino tiene un agravio, como en este caso”.
Saber dónde estaba el teléfono de Franco Hernández el día y a la hora de los hechos no es un dato sensible, y como si esto fuera poco este tema ha sido ampliamente discutido en el mundo»
Santiago Márquez Gauna, fiscal jefe de Cipolletti
Existe un dato no menor: jamás se discutió la presencia del acusado Hernández en Cipolletti en la hora donde se habría realizado el delito. Es más hubo tres testigos que lo vieron y la propia defensa lo reconoció. En consecuencia el testimonio de Guerra que propuso la fiscalía no aportó nada al juicio, pero generó una un llamado de atención al trabajo del Ministerio Público Fiscal.
En otro juicio, Marquez Gauna le recriminó a su colega de la defensa pública Sebastian Nolivo el mal uso que hizo de los recursos del Estado. Llamativamente ayer encaró una discusión jurídica innecesaria que duró más de una hora. En conclusión se tejió un extenso debate del que Marquez Gauna fue protagonista también, estéril porque la prueba no aportara nada a la resolución del caso.
Los elementos sólo tendrán valor si se han obtenido por medios explícitos y que respetan la reglas formales de adquisición procesal. Los alcances jurídicos están para proteger la prueba y si se obtienen de forma ajena a la formalidad que la ley impone distinguiendo entre prueba ilícita y licita».
Carlos Vila, abogado y defensor de Franco Hernández.
“Saber dónde estaba el teléfono de Franco Hernández el día y a la hora de los hechos no es un dato sensible, y como si esto fuera poco este tema ha sido ampliamente discutido en el mundo. No es lo mismo hablar de privacidad e intimidad, son dos cosas distintas, la defensa en un momento habló de una cosa y luego de otro como si fuesen equivalente, pero no lo son. Hace muchos años la Corte estadounidense resolvió esta cuestión», dijo el fiscal.
Y agrego: «Los estadounidenses definen con tres reglas si está protegido: la primera es si se tomó en un sitio público o privado, segunda cuestión si es un dato secreto o compartido y la tercera dicotomía si es un dato con contenido o sin contenido -metadato-”, afirmó el fiscal antes de cerrar con la afirmación de que en el caso Hernández fue público, compartido y sin contenido, por lo cual aseguró que no se violó ningún derecho constitucional en el trabajo de la fiscalía.
La «puerta» que abrió Guerra
Claro que la declaración de Guerra abrió una puerta a una discusión mucho más delicada y grave que es hasta donde la fiscalía puede acceder a datos de la intimidad de la ciudadanía sin la autorización de un juez o jueza. Y fue lo que alegó en primer término Vila. Experto litigante se valió de números tratados, leyes y convenciones para asegurar que la fiscalía accedió a información de la intimidad del imputado de forma irregular.
“Los elementos sólo tendrán valor si se han obtenido por medios explícitos y que respetan la reglas formales de adquisición procesal. Para entender los alcances jurídicos están para proteger la prueba y si se obtienen de forma ajena a la formalidad que la ley impone distinguiendo entre prueba ilícita y licita, no se respetan los derechos”, lanzó Vila y se preguntó de forma retórica: “¿No hubo una inmiscusión del Ministerio Público Fiscal en la intimidad y privacidad, sin una orden judicial?”.
La discusión jurídica desbordó completamente el objetivo del debate y se perfiló en una disputa de saberes en el campo simbólico de las leyes y las convencionales internacionales sobre el derecho que claramente no se agotó en las de horas de discusión, pero sí dejó una inquietud abierta a la comunidad y es conocer hasta donde el Ministerio Público Fiscal tiene accesos a datos de las personas, sean del orden privado o íntimo, sin una autorización.
¿Quién controla el desempeño del área de Logística y Litigación creada por el propio Marquez Gauna y que comanda Guerra? quien no rindió ningún concurso para tamaña responsabilidad y que tiene en la palma de la mano información sensible de la ciudadanía a solo un mail de distancia.
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