La Corte resolvió un conflicto de competencia por una causa de usurpación mapuche en Villa Mascardi

El fallo ordena que la causa por la usurpación de la propiedad La Escondida siga su trámite en el juzgado federal de Bariloche. La exjueza federal Silvina Domínguez ya la había anexado al expediente principal por las usurpaciones de los predios de Parques Nacionales a manos de la comunidad Lafken Winkul Mapu. Nación acordó desactivar esas causas, pero el querellante adelantó su oposición.

Durante dos años y 8 meses, el juzgado federal de Bariloche y la justicia provincial mantuvieron una pulseada para desentenderse de la causa por la usurpación de la propiedad La Escondida, a manos de los miembros de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi. El conflicto de competencia generó una dilación y dispendio jurisdiccional innecesario. La Corte Suprema puso el punto final a la discusión. Resolvió el martes que el expediente deberá continuar en el juzgado federal de Bariloche, que subroga el magistrado Gustavo Villanueva.

Los cuatro ministros de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti firmaron la sentencia. “Que sin perjuicio de la defectuosa postulación de la contienda de competencia, como lo advierte el señor Procurador General de la Nación interino en su dictamen, razones de economía y celeridad procesal, tornan aconsejable dirimir el conflicto”, advirtieron los jueces de la Corte.

“Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se declara que deberá continuar conociendo en las actuaciones el Juzgado Federal de Bariloche, al que se le remitirán”, ordenaron.

El fallo tiene relevancia porque la usurpación de «La Escondida» había sido acumulada en octubre pasado por la exjueza federal Silvina Domínguez a la causa madre, como se conoce a la primera usurpación de predios de Parques Nacionales, ubicados en Villa Mascardi, a manos de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, en noviembre de 2017.

Funcionarios del Gobierno nacional firmaron el 1 de junio pasado un acta acuerdo con representantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu, para resolver el conflicto en Villa Mascardi. En el punto quinto de ese acuerdo, la Administración de Parques Nacionales se comprometió a desistir de seguir como querellante en las causas contra casi todos los integrantes de la comunidad, que están imputados y procesados por las usurpaciones de dos predios de Parques.

Los defensores de los imputados presentaron el viernes pasado, con los abogados de Parques, el acta acuerdo ante el juez federal de Roca Hugo Greca para que lo homologue y, de esa forma, dejar sin efecto el juicio en suspenso contra los acusados por esas usurpaciones.

Sin embargo, los dueños de La Escondida, que son querellantes en la causa, adelantaron que no convalidarán ese acuerdo. La normativa procesal prevé que todas las partes deben prestar consentimiento para homologarlo. Lois dueños recuperaron la propiedad tras el desalojo que Domínguez ordenó y cientos de efectivos de la Policía Federal ejecutaron la mañana del 4 de octubre pasado.


El dictamen del Procurador sobre el conflicto


El Procurador interino Eduardo Casal recordó en su dictamen que la contienda entre el Juzgado Federal de Bariloche, y el Juzgado de Garantías de la Tercera Circunscripción Judicial, ambos de la provincia de Rio Negro, se había originado tras la denuncia que los dueños de “La Escondida” presentaron a finales de enero de 2018 porque un grupo de personas les habían usurpado la propiedad.

Casal señaló que del expediente surgió que la entonces fiscal federal Sylvia Little promovió la investigación por la usurpación por despojo y entendió que habría sido cometida por los mismos autores de la usurpación del predio lindante perteneciente al Estado Nacional (por Parques Nacionales).

El Procurador recordó que el juez federal subrogante de ese momento (por Villanueva) admitió el 23 de junio de 2018 la petición de la fiscal y acumuló ambas causas. Después, la querellante y propietaria solicitó que se hagan una serie de medidas de prueba, entre ellas, el allanamiento de la finca La Escondida.

Pero el juez federal subrogante Gustavo Zapata resolvió a principios de octubre del 2020 rechazar esas diligencias solicitadas por la querellante y declaró la incompetencia del fuero federal.

Zapata sostuvo que la usurpación de un predio propiedad de particulares no afectaba los intereses del Estado Nacional. Consideró que debía intervenir la justicia ordinaria de Bariloche. Entendió que cualquier diligencia que ordenase resultaría nula.

Aclaró que, esta decisión no contradecía lo argumentado en su resolución del 18 de agosto de 2020 en la que había admitido la calidad de querellante de la dueña de la propiedad, Magdalena Giménez Tournier, y rechazó el recurso de apelación en subsidio interpuesto contra esa decisión por parte de la defensa de los imputados.

Casal indicó que a raíz de los recursos de apelación interpuestos contra esa resolución por la fiscal y la querella, respectivamente, intervino la Cámara Federal de Apelaciones de Roca, cuyos integrantes, el 4 de febrero de 2021, confirmaron la decisión del juez Zapata. El expediente llegó hasta la Cámara Federal de Casación Penal, que el 6 de julio de 2021 declaró inadmisible los recursos de casación presentados.

La causa se envió al justicia provincial. Pero el juez de garantías Juan Martín Arroyo rechazó el 24 de agosto de 2021 la asignación con fundamento en que la competencia federal del caso no había tenido basamento en la circunstancia de que el predio objeto de despojo perteneciera al dominio de un particular o al Estado Nacional, sino que lo que resultaría dirimente en el conflicto sería que el delito cometido en La Escondida guardaría conexidad con el trámite de la causa madre por la usurpación de los predios de Parques Nacionales.

Observó que se trataría de una extensión de la usurpación cometida en 2017, hacia el terreno contiguo, La Escondida. El juez de garantías devolvió el expediente al juzgado federal, pero su titular insistió en su criterio y dio por trabada la contienda.


Casal allanó el camino para resolver la disputa


Casal opinó que “no sería materia de controversia que el hecho objeto de esta causa se cometió en un inmueble perteneciente a un particular (…) sino que, como acertadamente lo sostiene el juez provincial, se circunscribiría a establecer la posible vinculación que existiría entre ese suceso con el que sería objeto de la causa de atracción 26.511/2017 (la causa madre) en la que se imputa” a 8 miembros de la comunidad mapuche Lafken Winlul Mapu.

“Lo que motivó inicialmente la acumulación de ambos sumarios fue la presunción de que eventualmente esos delitos habrían sido cometidos por los mismos individuos, o al menos, por integrantes de la misma comunidad indígena, con la finalidad de apropiarse del terreno La Escondida, expandiendo la ocupación del predio aledaño hacia este”, sostuvo Casal.

“Como ha quedado expuesto en las investigaciones practicadas por Gendarmería Nacional, habrían prolongado esa ocupación sobre el predio contiguo perteneciente a Giménez Tournier, en el que instalaron un bebedero, y proveerían de electricidad a los asentamientos precarios del predio lindero, cuyo acceso se vería facilitado a través de senderos marcados dentro del área de bosques que circunda ambas propiedades”, advirtió Casal.

“Por ello, estimo que el juzgamiento de aquel hecho de carácter federal no podría escindirse del correspondiente al suceso posterior –la toma de La Escondida- en la medida en que no puede descartarse que constituyan partes de un único comportamiento complejo”, afirmó en el dictamen que firmó el 24 de mayo del 2022 y que los jueces de la Corte Suprema adjuntaron a la resolución.

“Sobre la base de esas consideraciones, opino que corresponde a la justicia federal, que asumió la investigación desde hace más de dos años, proseguir con el trámite de estas actuaciones”, concluyó Casal.


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