La Corte Suprema rechazó la queja del exintendente Reggioni por su condena
Fue encontrado responsable del delito de negociación incompatible con el ejercicio de la función pública.
La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso que presentó el exintendente de Fernández de Oro, conjuntamente con otros condenados en la por negociación incompatible con el ejercicio de la función pública.
La pena es de un año y medio de prisión en suspenso, más la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. El año pasado, el exjefe comunal se inscribió para participar de las elecciones municipales, pero no fue aceptado por la Justicia Electoral.
Ahora, el máximo Tribunal consideró inadmisible la queja planteado por no dar cumplimiento a los recaudos exigidos y, por eso, se “desestima la presentación directa”.
En el 2020, la Justicia rionegrina había confirmado las condenas contra Reggioni, su pareja Elba Maldonado, su hijo, Diego Quintero, y Julia Arellano por negociación incompatible con el ejercicio de la función pública.
Según la acusación aceptada, los condenados engañaron y se aprovecharon de una mujer en estado de vulnerabilidad para apropiarse de un terreno social.
El Tribunal de Impugnación -conformado por Miguel Cardella, Rita Custet Llambí y Adrián Zimmermann, consideró que “ la sentencia y los registros audiovisuales del juicio, se acredita que hubo un aprovechamiento sobre la condición personal, social y económica de la víctima”, y sostuvieron que “ella pedía auxilio económico para pagar el lote social o bien entregarlo a quien lo necesitaría”.
El fallo indicó que “la maniobra del despojo del lote social es muy clara, se estableció cierta ingeniería jurídica”, con “un contrato de mutuo por un monto muy bajo”. Explicaron que tiene “un título intencionalmente mal colocado”, “sin duda es un contrato de venta encubierto” para evadir las regulaciones municipales que impedían transferir el bien.
Comentarios