Juicio por el caso del oficial Mandagaray: «Los cuatro imputados causaron la muerte de la víctima»

La fiscalía apuntó contra los tres instructores y el coordinador del curso del COER, durante los alegatos finales por la muerte del oficial de la Policía de Río Negro el 15 de abril de 2021 en Bahía Creek.

Se realizó la última jornada del juicio por la muerte del oficial Gabriel Mandagaray, de 25 años, durante un entrenamiento del COER durante un entrenamiento en Bahía Creek. Están acusados los tres instructores Alfredo Nahuelcheo, Marcelo Contreras y Maximiliano Vitali Méndez; y el coordinador Alejandro Gattoni como coautores del homicidio culposo del cursante.

La Fiscalía fue quien abrió la última jornada donde se desarrollaron los alegatos finales y en ese sentido señaló que «fue demostrada la responsabilidad de los cuatro hombres en los tres hechos por los que habían sido acusados, a partir de la declaración de cada uno de los más de 20 testigos que concurrieron los cuatro días de producción de prueba».

El primer hecho que señala fue perpetrado entre el 12 y el 15 de abril de 2021 y lo constituye los momentos previos a la muerte de Mandagaray. Se trata de la responsabilidad que la acusación le endilga a «los cuatro imputados -cada uno en su rol- de llevar adelante el curso en un lugar no aprobado por la resolución interna».

Así, luego de llegar hasta Bahía Creek tras una larga caminata «sometieron a los cursantes a actividades físicas excesivas que les provocaron lesiones, en un contexto de escasa alimentación, hidratación y descanso y sometiéndolos a conductas denigrantes a la dignidad humana».

Para probar ello, reiteró dichos que, frente al Tribunal, afirmaron tanto los cursantes como los profesores de educación física que trabajaron en la evaluación previa del grupo y los dos instructores del COER que no estaban de turno en la ocasión. Todos ellos «permitieron corroborar el actuar negligente a partir de prácticas no reglamentadas totalmente ajenas al programa».

El fiscal Guillermo Ortíz expone los argumentos durante la última audiencia. Foto Marcelo Ochoa.

En cuanto al homicidio culposo, la Fiscalía consideró que «los cuatros imputados causaron la muerte de la víctima, lo que ha sido acreditado por la médica del Cuerpo Médico Forense que realizó la autopsia y un análisis del contexto en el que dio cuenta de un trastorno por stress agudo en una persona que ya transitaba dicho estado durante el desarrollo del curso, poniendo especial acento en falta de comida, sueño y agua».

Recordó que se suma a que «el chico no sabía nadar» lo que había sido advertido en varias oportunidades tal como lo sostuvieron diversos testigos, «no obstante lo cual lo metieron al agua» junto a dos compañeros «sin ninguna medida de seguridad: no había médicos, ambulancias, torpedos, chalecos, ni una lancha de la Prefectura. Todo ello fue acreditado por diversos testigos».

La Fiscalía señaló la «presencia del coordinador en la playa» y se refirió también al «grado de improvisación del evento» al ejemplificar que el cuerpo de la víctima fue trasladado «en la parrilla del cuatriciclo de un vecino».

Sobre los cursantes estaban «cansados, con ampollas, desorientados y expresaron que en los tres días anteriores a la muerte de su compañero habían dormido entre 3 y 5 horas en total y comido mínimas raciones de arroz y fideos blancos».

La Fiscalía hizo referencia al último de los hechos imputados de forma individual a uno solo de los acusados. Se trata de las lesiones que éste le produjo a un cursante que debió abandonar el lugar producto de que le ocasionó la fractura de la última vertebra del coxis.

Requirió al Tribunal que «una vez que analicen la evidencia, declaren la responsabilidad de los cuatro imputados que aquí hemos traído a juicio en los delitos de abuso de autoridad y homicidio culposo y además, al coordinador del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y a uno de los instructores del de lesiones leves».

Luego el abogado querellante, Daniel Torres, hizo énfasis en la responsabilidad de las instituciones estatales y la necesidad de dar a conocer este tipo de hechos para que nunca más vuelvan a producirse. «El curso excedió todos los límites posibles y ello fue reconocido por muchos de los imputados” mientras buscaban defenderse de manera individual».

La querella estuvo representada por Daniel Torres. Foto: Marcelo Ochoa.

«El poder no puede ejercerse sin limite alguno, estos agentes excedieron los límites impuestos al Estado» dijo y agregó no tener dudas de que todos «en el agua, quisieron hacer algo por Gabriel por eso le imputamos un homicidio culposo, pero lo que no tenían que hacer era ingresarlo al agua en las condiciones en las que estaba, más sabiendo que el joven no sabía nadar».

«Actuaron con impericia porque llevaron a cabo prácticas fuera del reglamento que había sido aprobado, actuaron también con negligencia porque hicieron mucho menos de lo que correspondía y con imprudencia porque se excedieron ingresándolos al mar totalmente uniformados y con el peso excesivo del pirulo. Todo esto aumentó más y más el riesgo».


Los alegatos de las defensas de los cuatro acusados


Los cuatro acusados por la muerte del oficial de la Policía de Río Negro Gabriel Mandagaray se señalaron entre ellos para deslindar responsabilidades. El hecho no pudo ser negado por los instructores Alfredo Nahuelcheo, Marcelo Contreras y Maximiliano Vitali Méndez; y el coordinador Alejandro Gattoni. Aunque estrategia de cada uno de sus abogados fue minimizar la participación de enviar a Mandagaray al mar con un tronco.

Fernando Ramoa, abogado de Gattoni, aseguró que su cliente realizó tareas administrativas. «Hemos probado y acreditado nuestra teoría del caso en un todo, ya que del análisis integral de toda la prueba producida en este debate, podemos concluir que el señor Alejandro Gattoni solo cumplía funciones como coordinador del curso básico COER 2021 y que por lo tanto realizó tareas administrativas de planificación y de logística».

Aseguró que «nunca planificó, dio orden alguna, confirmó, avaló o consintió ninguna actividad a mar abierto u otra actividad en el agua que pusiera en riesgo a los cursantes y que le fue imposible impedir el resultado trágico».

Uno de los acusados, Alejandro Gattoni, intercambia ideas con su equipo de abogados. Foto: Marcelo Ochoa.

El abogado del instructor Marcelo Contreras, pidió la absolución de todos los delitos. El letrado Armando Salazar expuso que «no están dadas las condiciones necesarias para considerar que existe una participación del señor Contreras, respecto de la muerte del señor Mandagaray y el hecho respecto del señor Lagos Millapan. Se solicita la absolución de todos los delitos» ya que «debe existir una conexión o nexo para poder encontrar una causa determinante, pero si nosotros eliminamos la figura del señor Contreras el hecho igual se hubiera producido de igual manera».

Durante el turno de la defensa del instructor Alfredo Nahuelcheo, señalado por la persona que dio la orden directa a los cursantes de ingresar al mar con troncos, el abogado Manuel Maza aseguró que «de ninguna manera fue una orden de ingreso al agua, es decir que no se cumplió ni la circunstancia de modo ni de lugar en la que esa orden habría sido dada».

Maza sostuvo que su cliente «no dio la orden» para que ingresen al mar. Foto: Marcelo Ochoa.

Apuntó al instructor Vitali Méndez ya que «Nahuelcheo no se encontraba presente, en consecuencia no puede atribuirsele una coautoría solamente por el resultado».

Finalmente, Santiago Guenumil y Valentina Baigorria los abogados del restante instructor Vitali Méndez, señalaron que Alfredo Nahuelcheo fue quien pergenio la idea de que los cursantes ingresen al agua con troncos.

«Vitali Méndez cuando estaba ingresando sabía que Nahuelcheo controlaba y supervisaba las actividades y así también lo decían los cursantes. Todos estaban en conocimiento y tenían la plena certeza de que Nahuelcheo estaba a cargo de todo», argumentó Baigorria.

Detalló que «Vitali ingresa al mar por orden de Nahuelcheo, obedeciendo la ordenativa de Nahuelcheo, que no era ilícita, porque la Resolución establecía en su programa del Módulo I que se iban a realizar pruebas en mesetas y afines. Cuando trajimos al testigo experto Quiñeñao explicó qué significaba y cuando se refirió a afines podía referirse a bosques, cerros, lagunas, lagos, ríos y mar».

Santiago Guenumil y Valentina Baigorria, abogados de Vitali Méndez. Foto Marcelo Ochoa.

Agregó que «no se trata de una orden en el marco de una obediencia de vida, sino el cumplimiento de una orden licíta, en el contexto que estoy especificando».

Luego del cierre de esta jornada de los alegatos finales, los jueces anunciaron que la lectura del veredicto será este viernes a partir de las 8:30, en la misma sala en donde se sustanciaron las jornadas.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora