Primera condena por acoso callejero en Neuquén: debe pagar un viaje al Encuentro de Bariloche

RÍO NEGRO informó del caso en marzo. Los hechos se extendieron a lo largo de tres años. Las abogadas de la denunciante destacaron el accionar de la justicia por aplicar la perspectiva de género.

Por primera vez se dictó una condena por acoso callejero en Neuquén, como informó RÍO NEGRO en marzo. Los hechos se extendieron durante tres años. Las abogadas destacaron el accionar de la justicia por aplicar la perspectiva de género.

El fallo, de primera instancia, obliga al hombre a pagar una indemnización. «Estamos en plazo de que el demandado apele, pero hasta ahora no hay novedades», contó Yamile Yahuar, abogada del estudio Y&S que intervino en el caso junto a sus dos compañeros Emiliano Saavedra y Candela Fernández Serrat.

«No vimos casos de acoso callejero en el ámbito civil de daños y perjuicios, no había otro fallo así en Neuquén», aseguró. El hecho que motiva la demanda es un acoso callejero que vivió la denunciante a partir del 2015, cuando conoció al hombre en una entrevista. Desde ese momento «se acercó varias veces a la casa», relató la abogada.

En 2018 hubo una situación particular en la que la denunciante estaba regresando al anochecer a su vivienda y lo vio al hombre nuevamente. El miedo la motivó a realizar una denuncia por violencia de género.

«Lo que hace es re importante: se contacta con la Línea 148 de asistencia a las violencias», comentó Yahuar. Desde el dispositivo le aconsejaron que continúe con el expediente en el juzgado civil, que dispuso medidas de protección con un dispositivo georeferenciado y notificando al hombre.

La joven relató lo sucedido en sus redes sociales. «Esto generó, además del acoso, otra instancia de hostigamiento, donde el hombre le hizo una denuncia penal y la justicia le dio curso por calumnias e injurias», relató la abogada. Comentó que fue en ese momento, en 2019, donde intervino la firma Y&S.

Desde el estudio decidieron realizar la demanda por daños y perjuicios «por todo lo que le había causado el proceso penal, por todo lo que vivió», indicó la abogada.

El 16 de marzo condenaron al hombre por acoso callejero y deberá indemnizarla.

La jueza civil, María Eliana Reynals, señaló: «los testimonios producidos dan cuenta del padecimiento vivenciado por (la chica), en un primer momento frente al acoso callejero y luego por el sometimiento a un proceso penal por haber ejercido su derecho a denunciar».

Agregó: «no surge justificada tampoco la presencia del demandando en inmediaciones del domicilio de la actora bajo el argumento que concurrió al taller mecánico».


Acoso callejero en Neuquén: un fallo con perspectiva de género


Para determinar el monto de la indemnización, Reynals dijo: «tomaré como parámetro objetivo el valor de un viaje de 5 días de estadía con pensión completa y traslado a la ciudad de Bariloche donde se realizará en el mes de octubre de 2023 el Encuentro Plurinacional de Mujeres«, más perjuicios ocasionados.

«Nos pareció un fallo que logra mencionar el trabajo de la línea de asistencia a las violencias, el primer juzgado que interviene y el nuestro», manifestó Yahuar. Además destacó «la jueza a la hora de fallar aplica la perspectiva de género«, finalizó.

El acoso callejero involucra prácticas ejercidas por una persona desconocida en el espacio público (calle, transporte, plaza) contra otra, basada en el género, identidad y/o orientación sexual. La persona acosada sufre un ataque a su libertad e integridad. Causa intimidación, hostilidad, degradación, humillación y genera un clima hostil que modifica su vida cotidiana.


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