La Corte confirma la perpetua por el femicidio de Silvia Colque en Viedma: su cuerpo nunca apareció

El máximo tribunal de Argentina rechazó un recurso del condenado Marcos Thola Durán.

La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de Marcos Thola Durán y en consecuencia quedó firme la sentencia a prisión perpetua por el femicidio de Silvia Vázquez Colque. El caso había sido resuelto en el mismo sentido en varias instancias en el Poder Judicial rionegrino, incluido el Superior Tribunal.


La principal complejidad jurídica que presentaba el caso es que el cuerpo de la víctima nunca fue hallado. La Corte explicó que “el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”.


El hecho por el que fue condenado y ratificado en varias instancias ocurrió “entre las 22 del 4 de junio de 2017 y las 9 del 5 de junio de 2017, en un sitio no determinado con exactitud pero ubicable en la ciudad de Viedma, cuando Thola Durán dio muerte a su ex pareja Silvia Vasquez Colque, ocultando luego el cuerpo de la víctima para que ésta no fuera encontrada”.


En la sentencia de primera instancia se afirmó que “resulta contrario a toda lógica que Silvia hubiera optado voluntariamente por concretar su alejamiento cuando se encontraba temporariamente su madre de visita en la ciudad en la que residía Silvia y su grupo familiar”.

El cuerpo de Silvia Colque nunca fue encontrado: qué dijo la Justicia


Con respecto a la ausencia del cuerpo de la víctima, el Tribunal explicó: “Lógicamente el no hallazgo del cuerpo de la víctima impide la realización de medidas probatorias y, consecuentemente, la obtención de datos contundentes, precisos, concretos sobre el lugar en que permaneció oculto todo este tiempo, las causa o forma en que se concretó la muerte, entre otros extremos. Quizás haya incidido en dicho resultado el tiempo que transcurrió entre la fecha de desaparición de Silvia y la fecha en que se concreta la denuncia de desaparición. Tiempo suficiente para hacer desaparecer el cuerpo de la víctima y los rastros del injusto”.

El Tribunal de juicio argumentó que “se ha tenido presente no solamente la atrocidad, lo inhumano y cruel que resulta la conducta por la que se condena a Thola. Además de los motivos que lo llevaron a desarrollar tal conducta, los vínculos personales existentes entre sujeto activo y sujeto pasivo. Pero más y principalmente, la cantidad de víctimas que ha generado. El inconmensurable daño que provoca, aún en quienes más debe proteger. En este punto, Thola debería entender -principalmente- el daño que les ha provocado y les sigue provocando a sus hijos. Mucho más que la presencia física de su madre».

Thola debería entender -principalmente- el daño que les ha provocado y les sigue provocando a sus hijos. Mucho más que la presencia física de su madre».

Fragmento del fallo condenatorio a Thola Durán.

«Ellos han quedado convencidos que fueron abandonados por ella. Además, ellos y el resto de las personas que han amado a Silvia se han visto privados de concluir con el duelo: les falta el cuerpo”, añadió el tribunal de juicio.

Qué había decidido el STJ de Río Negro sobre el caso de Silvia Colque


En 2021, el Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja de la defensa de Thola Durán y consecuentemente, convalidó el criterio del Tribunal de Impugnación (TI) que “confirmó el fallo dictado el 11 de diciembre de 2019 por el Tribunal de Juicio de la Primera Circunscripción Judicial (en adelante TJ), que condenaba al nombrado a la pena de prisión perpetua, como autor del delito de homicidio agravado por haberse cometido contra quien ha mantenido una relación de pareja y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer, en un contexto de violencia de género”.

El STJ sostuvo que, “en oposición a lo afirmado por la Defensa, el análisis del TI había abarcado cuestiones de hecho y de derecho procesal, por lo que se encontraba satisfecho el doble conforme de la decisión del TJ, a la vez que convalidó la denegatoria de la impugnación extraordinaria atento a la ausencia de una crítica concreta y razonada de los aspectos centrales de lo decidido, tal como exige la doctrina legal vigente”.

Finalmente, el STJ afirmó que la Defensa no logró «poner en evidencia la configuración de una cuestión federal de entidad tal que amerite la especial intervención del máximo tribunal de la Nación”.


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