Falsificaron la firma de una jubilada en un contrato: deberán indemnizarla, en Cipolletti

Una persona realizó modificaciones en la cuenta y en el contrato que mantenía la mujer con una entidad bancaria. Un perito estableció que la firma no pertenecía a la damnificada.

Un perito estableció que la firma había sido falsificada. Foto: Archivo.

Una jubilada de Cipolletti fue víctima de una maniobra fraudulenta en la sede de una entidad bancaria. Logró probar que una persona desconocida cambió los términos de contratación y falsificó su firma. Deberán indemnizarla y el tribunal estableció una suma de dinero mayor a la fijada inicialmente.

Según detallaron, a la damnificada le cobraron durante cuatro meses el pago mínimo de su tarjeta de crédito, a pesar de que ella pretendía realizar el pago total. Ese motivo hizo que acumulara una deuda pero al reclamar, no recibió respuestas. A partir de un fallo civil de primera instancia se fijó la indemnización.

Con respecto al monto, establecieron que durante la apelación, el tribunal incrementó los montos por la gravedad de lo ocurrido.

Explicaron que el problema comenzó cuando la clienta registró que desde la entidad bancaria le informaron que poseía una deuda de tarjeta de crédito por 18.323,72 pesos. Tras investigar, descubrió que el banco le debitaba el pago mínimo.

Desde el banco Patagonia argumentaron que la clienta había solicitado un cambio de paquete desde “Patagonia Sueldo” a “Patagonia Global”. Y explicaron que “en caso que el cliente no hubiera estipulado expresamente la modalidad de pago, el Banco procederá a debitar el “Pago Mínimo” de la/s tarjetas de su titularidad”. Todos los formularios contaban con la firma de la mujer.

La  damnificada desconoció esa situación y pidió una pericia caligráfica. El perito concluyó que «ni las firmas ni la aclaración insertas en los formularios pertenecen al “punto escritor” de la señora«, establecieron en el fallo.

Consideraron que la entidad incumplió con la obligación de “chequear seria y debidamente la identidad de la persona compareciente, y de haberse realizado el control del DNI u otro documento idóneo presentado para acreditar la identidad”.


Un desconocido falsificó la firma de la jubilada en Cipolletti


En el fallo detallaron que “una persona desconocida se apersonó a la sucursal entidad, suplantando a una clienta, y realizó modificaciones radicales en la cuenta y en el contrato que esta última mantenía con la entidad crediticia; sin que ni la firma ni la identidad del desconocido fuesen cabalmente chequeadas y corroboradas, al punto que se le facilitó suscribir documentación».

Y agregaron que «se alteraron modalidades relevantes de los cobros que se le efectuaban a la clienta por el uso de su tarjeta de crédito, siéndole luego reclamada una “deuda” por ello”.

Esa circunstancia fue considerada con la gravedad suficiente como para incrementar la multa civil y prevenir futuros perjuicios.


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