Fallo a favor de jubilada de San Antonio Oeste, por falta de información sobre servicios de salud

La jubilada recibirá la devolución de pagos y una compensación por daño moral.

Foto: archivo.

Una jubilada de San Antonio Oeste consiguió un fallo favorable tras demandar a Cadejur por falta de información sobre sus servicios de salud. Se había afiliado con la intención de acceder a beneficios médicos y a la compra de medicamentos, pero nunca recibió el carnet, lo que le impidió utilizar los servicios.

Inicialmente, la jubilada acudió a Defensa del Consumidor del municipio y, al no obtener solución, inició un proceso de menor cuantía.

En su demanda, adjuntó la liquidación de ANSES que mostraba los pagos realizados a la entidad. Según consignó en la demanda de menor cuantía presentada en el Juzgado de Paz de la localidad, la jubilada «habló con un encargado en la localidad para realizar la baja y reintegro de lo debitado de su jubilación», pero sin éxito.

Aunque la jueza de Paz clasificó el caso como una «relación de consumo», señaló que, a pesar de no haber probado que la falta de carnet impidió el acceso a los servicios, la demandada no proporcionó información suficiente ni eficiente sobre el acceso y la baja de la afiliación.

Fallo a favor de jubilada de San Antonio Oeste: la decisión de la jueza de Paz


En este marco, expresó la jueza de Paz, se debe tener en cuenta «la edad avanzada de la actora es un factor preponderante en la relación consumeril, siendo imperioso para personas de este rango etario tener un acabado y paciente nivel de información».

Agregó que «en este caso, como en la mayoría de los adultos mayores, se encuentran en un estado de vulnerabilidad en su accionar en la relación con las empresas en general y más aún como el caso con prestadores de servicios de salud».

Explicó que «en el ámbito consumeril debe tenerse presente que la parte débil de la relación ha depositado diversos estándares de confianza, seguridad y una expectativa de satisfacción, que en el caso se vieron frustradas, lo que sin dudas proyecta sus efectos en el plano de las afecciones legítimas, ello claramente por su carácter de consumidor hipervulnerable».

De esta manera, hizo lugar parcialmente a la demanda contra Cadejur, y ordenó que se le devuelvan los importes pagados desde que pidió la baja y un resarcimiento por daño moral, debido a los padecimientos. En cambio, no quedó probado que la carencia de carnet significó la falta de acceso a los servicios.


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