Estafa con viviendas: habían pedido cinco años de prisión y hoy se conoce la sentencia en Roca

Los dos jóvenes fueron declarados responsables de distintas estafas cometidas no sólo en la construcción de viviendas sino también con la venta de materiales.

Nicolás Fotti (26) y su pareja Carla Sosa (27) esperan que el tribunal defina este mediodía la senencia. foto: archivo.

Este mediodía se conocerá la sentencia contra Nicolás Fotti (26) y Carla Sosa (27) quienes ya fueron declarados responsables de múltiples estafas no sólo con viviendas sino también con la venta de materiales. Mientras se aguarda el veredicto del tribunal, el abogado querellante aseguró que en las próximas semanas podrían sumarse nuevas denuncias contra la pareja.

El Ministerio Público Fiscal ya había solicitado cinco años de prisión en el comienzo del juicio de cesura donde se debe establecer la condena que deberán afrontar los jóvenes quienes no pudieron evitar ir a juicio en diciembre del 2023 donde fueron declarados culpables.

Tras la primera audiencia del juicio de cesura, el abogado querellante Federico Dalsasso aseguró que adhirió plenamente al requerimiento de la fiscalía pero agregó un dato que sería fundamental para el futuro de los dos jóvenes. Y es que ya aparecieron al menos dos casos de vecinos de Roca y Neuquén quienes se sumarían a la lista de personas estafadas con lo cual los propietarios de la firma IN.TEC podrían afrontar nuevos procesos.

Declarados culpables

Hace dos meses, los jueces Gastón Martín, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler,  condenaron a Fotti y a Sosa y entendieron que el paquete de pruebas presentado por la fiscalía y la parte querellante fue “preciso, convergente y concordante” para tener “certeza positiva” sobre los hechos y la responsabilidad de estas personas.

En dos de los casos, los jueces consideraron que los vecinos “fueron engañados, las casas nunca llegaron a construirse”, indicaron los magistrados en su veredicto. “No fue un incumplimiento contractual. Desde el inicio los imputados sabían que no tenían la capacidad técnica, económica y financiera para llevar adelante la construcción de viviendas. La participación de un escribano en el contrato y la firma de pagarés era para darle una apariencia de seriedad y seguridad al negocio jurídico, que de no haber sido así, probablemente no se hubiera realizado. Toda esa tarea fue parte de una maniobra cuyo objetivo era asegurar la disposición patrimonial de las víctimas”, agregaron en el juicio.

Entre sus fundamentos el Tribunal recalcó que “la empresa constructora InTec no tenía habilitación comercial para la actividad, tampoco profesionales propios de la actividad como arquitectos o maestro mayor de obra, no había planos ni se especificaba la cantidad y la calidad de los materiales comprometidos”.

El viernes comenzó el juicio de cesura en el que desde el Ministerio Público Fiscal solicitaron que se los condene a cinco años de prisión según la pena prevista en el artículo 22 bis del Código Penal, más accesorias legales (artículo 12 del CP) y costas del proceso. La querella encabezada por el abogado Federico Dalsasso adhirió al requerimiento de la fiscalía.

En tanto que la defensa de los imputados solicitó a los magistrados se les imponga un año de prisión de ejecución condicional.

La condena

El 14 de diciembre y tras el juicio realizado en los tribunales de Roca, el tribunal decidió declarar culpables tanto a Nicolás Fotti como a Carla Sosa. Entre sus fundamentos el Tribunal recalcó que “la empresa constructora InTec no tenía habilitación comercial para la actividad, tampoco profesionales propios de la actividad como arquitectos o maestro mayor de obra, no había planos ni se especificaba la cantidad y la calidad de los materiales comprometidos”.

En los otros ocho casos, las estafas se configuraron con la venta de materiales de construcción a través del comercio que dirigían los imputados, que no tenía habilitación municipal, ni estaba registrado en AFIP ni en el Registro de Personas Jurídicas. “La venta de materiales en ferretería Terrasur era un escaparate para atrapar incautos. No tenía habilitación comercial y vendía materiales de construcción que no tenía en su haber. La modalidad de acopio era una falsedad, porque no tenían en su poder los materiales que vendían. No cumplieron con las entregas pactadas, en algunos casos el incumplimiento fue total y en otros fue parcial”, sostuvo el tribunal.


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