El STJ rechazó un recurso de tres farmacéuticos de la estafa al Ipross que pedían no usar tobilleras electrónicas

Los condenados en la causa Ipross invocaron las declaraciones del gobernador Weretilneck contra las prisiones domiciliarias y el uso de tobilleras electrónicas.

Los farmacéuticos Rodolfo Mastandrea y Raúl Mascaró (foto) junto Sandra Fasano, recurrieron al STJ.

Tres de los cuatro farmacéuticos de Roca condenados en la causa por la estafa al Ipross fueron al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, para evitar el uso de tobilleras electrónicas, una de las medidas cautelares que hoy será analizada por un tribunal en la Ciudad Judicial de Roca. Los condenados tomaron las palabras del gobernador Alberto Weretilneck, que cuestionó este método meses atrás. El máximo tribunal rechazó el planteo de

Los farmacéuticos Rodolfo Mastandrea, Raúl Mascaró y Sandra Fasano habían interpuesto un habeas corpus ante el STJ después de que el Tribunal de Impugnación (TI) se declarara incompetente a fines de octubre. Se basaron en las declaraciones del gobernador Alberto Weretikneck que cuestionó el uso de las tobilleras. También refirieron una instrucción general del Procurador Jorge Crespo. El titular del Ministerio Público sostuvo que no aplicaba a su caso.

El STJ rechazó el recurso de casación presentado contra la decisión que denegó un hábeas corpus solicitado por los farmacéuticos sometidos a medidas de monitoreo electrónico.

El origen del pedido de no usar las tobilleras


La causa tuvo su origen en la presentación de un hábeas corpus presentado el 23 de octubre para solicitar la eliminación de dispositivos electrónicos de monitoreo, argumentando fallas en su funcionamiento y una falta de razonabilidad en la aplicación de las medidas cautelares.

El STJ declaró su competencia para tratar el caso y analizó el dictamen del Procurador General, Jorge Crespo, quien había recomendado el rechazo del recurso. En su informe, el Procurador consideró que el hábeas corpus no era la vía adecuada para cuestionar la medida cautelar, ya que las personas afectadas contaban con recursos procesales ordinarios para realizar sus planteos.

En su voto, los jueces Apcarian, Piccinini y Criado coincidieron con el dictamen y remarcaron que las medidas de monitoreo fueron confirmadas en instancias previas por el Tribunal de Impugnación, en cumplimiento del Código Procesal Penal. También señalaron que no se evidenciaron circunstancias excepcionales que justifiquen el uso de un hábeas corpus para abordar la cuestión.

La resolución del STJ desestimó, además, los argumentos de la defensa sobre los supuestos perjuicios causados por el monitoreo electrónico, indicando que estos deben ser tratados en instancias procesales regulares. Asimismo, el tribunal destacó que las medidas actuales aseguran los fines del proceso sin vulnerar derechos fundamentales.

Un tribunal de Roca analiza las medidas cautelares contra los condenados en la causa Ipross


A solicitud del equipo de fiscales que dirige Teresa Giuffrida, este martes a las 12:30 se hará una audiencia en la que se abordarán las condiciones en la que los condenados Sandra Fasano, Claudio Caffaratti, Eduardo Mastandrea y Raúl Mascaró, luego de la decisión del Tribunal de Impugnación (TI) de Río Negro, que ratificó las penas contra los imputados.

Se especula con la posibilidad de que la fiscalía pida la prisión preventiva de los condenados, algo que intentó en junio pero fue rechazado por el tribunal.

Los cuatro están bajo medidas cautelares, como el uso obligatorio de tobilleras electrónicas y la prohibición de salir de sus localidades de residencia. Además, están inhabilitados por seis años para ejercer la profesión de farmacéuticos, lo que afecta su capacidad de seguir trabajando en el ámbito de la salud.

Fasano, exauditora del Colegio de Farmacéuticos de Río Negro, recibió la condena más severa: 9 años y 6 meses de prisión, tras ser declarada culpable de 574 estafas. Caffaratti, también farmacéutico, fue condenado a 8 años y 6 meses por su participación en 249 estafas, mientras que Mastandrea deberá cumplir 8 años de prisión por 122 estafas. Mascaró, por su parte, recibió 6 años y 6 meses de cárcel por 107 defraudaciones.


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