El penal no puede garantizar el cuidado del odontólogo condenado por abuso sexual en Cipolletti

El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó el fallo de primera instancia. Un tribunal dispuso la prisión domiciliaria por el estado de salud mental del imputado. Entienden que no está las condiciones para que sea alojado en un calabozo.


El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó que el servicio penitenciario no puede alojar al odontólogo condenado por abuso sexual en Cipolletti. No hizo lugar al pedido de la fiscalía y la querella que pretendían que cumpla con la prisión preventiva en una cárcel. El organismo de revisión ratificó lo que hace dos años afirman varios jueces y juezas de la provincia: que el Estado no puede garantizar el cuidado emocional de los presos.

Los profesionales que atendieron al odontólogo sostienen que sufre un cuadro depresivo y de angustia producto de los procesos penales en su contra. Además, en una de las audiencias en las que se trató la medida cautelar, indicaron que necesitaba del entorno familiar y que corre riesgo en un calabozo. El servicio penitenciario depende del ministerio de Seguridad y Justicia a cargo de Betiana Minor.

Ya en 2020, la jueza de Garantías de Cipolletti Laura González Vitale ordenó la prisión domiciliaria luego de escuchar a la defensa que presentó un informe sobre el estado de salud mental del imputado. Fue en diciembre de ese año, cuando la magistrada hizo lugar a la prisión domiciliaria de Marques con unos dictámenes médicos que demuestran que el hombre no tiene ninguna patología ni enfermedad y que simplemente estaba angustiado por la situación desventajosa que se le presentó ante la justicia penal.


El precedente Marques


El alojamiento de los presos, sobre todo cuando tienen prisión preventiva sin condena firme, es un tema que ha generado intensos debates. Después de que González Vitale le otorgó la domiciliaria al odontólogo, la defensa pública intentó usar su propia resolución para exigir mismas condiciones de detención con otros imputados. Sucedió con un caso de abuso sexual de Catriel, pero no tuvieron respuesta favorable. Así “el precedente Marques” no cosechó éxitos al menos en los despachos de los defensores.

Sin embargo, el tratamiento diferenciado de la preventiva según el caso se discute incluso desde el viejo código procesal. Cuando a Susana Freydoz, condenada por el homicidio del gobernador Carlos Soria, le permitieron cumplir la preventiva en un hospital, un defensor de Cipolletti pidió el mismo tratamiento para Karina Polanco, una vulnerable mujer de Catriel que sistemáticamente delinquía y tomaba lavandina para recibir asistencia médica. Tampoco corrió la misma suerte.


La condena


En junio pasado, y luego de confirmarse la condena por abuso sexual agravado, un tribunal decidió mantener la domiciliaria del odontólogo. Fue un fallo dividido, donde hubo mayoría. Mientras que los jueces Julio Sueldo y Marcelo Gómez votaron por atenuar la medida, la única jueza de esa terna, Florencia Caruso, optó por enviarlo a un penal, pero quedó en minoría.

«Entiendo que no hay ningún obstáculo para que Marques no vaya a un establecimiento penal a cumplir la pena. Vinieron dos peritos de parte y hablaron que podía llegar a padecer alguna crisis psicótica. Todo esto fue refutado ampliamente y muy bien a mi criterio por el psiquiatra forense que vino acá a manifestar que tenía una depresión moderada», dijo en esa oportunidad.

Fue uno de los argumentos que esgrimió el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna para impugnar la medida ante el Tribunal de Impugnación. Pero los tres jueces del organismo coincidieron con sus colegas. Miguel Ángel Cardella, Carlos Mohamed Mussi y Adrián Fernando Zimmermann, son los magistrados que firmaron el fallo.

Marques fue condenado a siete años y medio de prisión por abusar sexualmente de una paciente en noviembre de 2020. Se dictó prisión preventiva porque intentó fugarse y hostigar a la víctima. Apenas estuvo un mes en el penal 5, luego González Vitale lo mandó a cumplir la medida cautelar en su casa, días antes de las fiestas de fin de año.

Días atrás, el mismo Tribunal de Impugnación anuló la absolución en el otro juicio por abuso contra el profesional. Ordenó un nuevo debate con las mismas pruebas. Marques acumuló dos denuncias más, una se archivó por decisión de la víctima y la otra se encuentra en etapa de investigación.


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