El millonario reclamo a la UTE que estaba a cargo de la obra de la Ciudad Judicial en Cipolletti
El STJ emitió un comunicado con todos los detalles de los desencuentros entre las partes mientras el convenio estuvo vigente. El mes pasado el órgano judicial lo rescindió.
Los desencuentros entre la UTE que estaba a cargo de construir la Ciudad Judicial en Cipolletti y el Poder Judicial quedaron reflejados en una resolución del Superior Tribunal de Justicia que detalla cada uno de los contratiempos que tuvo con las firmas adjudicatarias Dinale y Pecam.
A partir de los informes del área de Arquitectura, que tiene a cargo la ejecución, el órgano responsabilizó a las empresas de no cumplir con el contrato y además le exigió devolver más de 214 millones de pesos que fueron transferidos a la UTE sin su contraprestación.
A mediados de octubre se hizo efectiva la rescisión del contrato por las demoras en los acuerdos contractuales, especialmente en el último año con un avance apenas del 10,8%, muy por debajo de las aspiraciones del Poder Judicial y de lo que se firmó en el contrato.
Según el último ajuste contractual la obra debía finalizar a fines de este mes. Actualmente el avance en la construcción está en el orden de 67%. El organismo judicial volverá a licitar lo que resta pero fue muy crítico con el desempeño de las empresas, cuestión que obligó a retrasar todo el proceso.
Desde el Poder Judicial tomaron nota en 2021 sobre los primeros incumplimientos de la UTE y allí comenzaron los reclamos: primero con reuniones y pedidos de celeridad y finalmente con multas que comenzaron con cifras simbólicas hasta la última que fue de 43 millones de pesos.
Se desprende del informe que la primera multa fue en enero de 2022 de 1,9 millones de pesos. En ese momento el contrato era por 620 millones de pesos y con un plazo de ejecución de 900 días. Los trabajos comenzaron el 7 de noviembre de 2019. A fines de diciembre del año pasado se aplicó la segunda multa por una cifra similar.
En ese período, entre fines del año pasado y el primer semestre de 2023, las diferencias se profundizaron, porque la empresa también exigió reajustes en el valor del contrato, pero al mismo tiempo mermó el ritmo de trabajo de la obra. Se vio reflejado este año con un avance muy bajo.
En abril la tercera multa fue por 6,3 millones “por incumplimiento de la Orden de Servicio N° 343 por la que se emplazó a la contratista a incorporar a la obra personal para afectar a los trabajos de Instalaciones Termomecanicas”.
Durante toda le ejecución, entre el inicio de la obra y la rescisión, el Poder Judicial ajustó el valor del contrato y el plazo en varias oportunidades: el último valor se registró por un total de $ 744.885.510,72 con un tiempo de 1.447 días corridos, contados a partir de la firma del acta de inicio de obra, en noviembre de 2019.
Para la UTE los aumentos no eran suficientes y en varias oportunidades notificó al área de Arquitectura sobre la necesidad de reajustar los costos. Al mismo tiempo bajó notoriamente el ritmo de construcción.
“La Contratista informó que, debido a la situación económica del país, la misma ha experimentado una ruptura de la ecuación económica por el incremento de valores de determinados materiales o provisiones, que no son acompañados por el sistema de predeterminación de precios, ya que son significativamente mayores”; dice la resolución.
Los últimos meses, con la obra prácticamente parada, sólo hubo idas y vueltas en las que cada uno de los actores rechazaba los informes de la contraparte. En ese escenario fue que el Poder Judicial decidió poner fin al contrato con el informe final sobre la situación de la obra.
En la resolución le exige a la UTE Dinale Pecam un resarcimiento de 214 millones de pesos por un anticipo ajustado al mes de agosto y una multa de 43 millones de pesos por el incumplimiento de la Orden de Servicio N° 409, mediante la cual se intimó a la empresa para incorporar personal, equipos y profesionales y se le exigió la reprogramacion de un plan de obras dado el escaso avance.
Además formuló expresa reserva de las acciones que pudieran corresponder contra la UTE por los eventuales reclamos de aquellos terceros afectados por la no ejecución en tiempo y forma de la obra conforme al contrato y el pliego.
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