Despido de estatales: la Justicia falló a favor de ATE y logra reincorporar a trabajadores trans

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) con una medida cautelar por la reincorporación de trabajadores trans, amparados en la Ley de Cupos.

La Justicia ordena la reincorporación de trabajadores trans despedidos por el gobierno de Javier Milei. Foto: archivo.

El gobierno de Javier Milei enfrentó su primer revés judicial significativo con una sentencia que ordena la reincorporación de trabajadores despedidos bajo su administración. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de ATE, demandando la inmediata vuelta a sus puestos de trabajo de empleados trans cesanteados en la Administración Pública Nacional, en base a la Ley de Cupo Laboral Trans. Este fallo podría sentar un precedente para otros casos similares en los amparos presentados.

«Estamos frente a un avance significativo de la lucha que los estatales llevamos adelante contra el ajuste que en el sector público impulsa el Gobierno Nacional», señaló Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE. Se esperan respuestas a otras causas aún en trámite.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de ATE mediante una medida cautelar que ordena la reincorporación de trabajadores trans, protegidos por la Ley de Cupo Laboral Trans, que cumplen funciones en la Administración Pública Nacional. «La Justicia comienza a darnos la razón y demuestra la absoluta ilegalidad de los despidos masivos que el Poder Ejecutivo decidió llevar adelante en toda la administración», agregó Aguiar.

Es la primera resolución de este tipo durante la gestión de Javier Milei


Es el primer revés de este tipo durante la gestión de Javier Milei, y se espera que en los próximos días se emitan nuevas cautelares en respuesta a las presentaciones judiciales realizadas por el sindicato. Estas acciones se suman a las medidas de fuerza dispuestas para enfrentar las políticas de ajuste y desmantelamiento del Estado.

«Este fallo es muy importante porque, además de reconocer la estabilidad en el empleo público como un derecho constitucional fundamental, especifica con claridad el daño para la salud física y psíquica, así como el daño social que generan estas cesantías masivas», apuntó Aguiar. El dirigente concluyó: «Esta resolución judicial nos genera optimismo para revertir un escenario de despidos masivos que afectan todos los servicios estatales y resultan en una enorme pérdida de derechos para la población».

Por su parte, la Secretaria de Género y Diversidad, Clarisa Gambera, indicó: «Fue compleja la situación porque era necesario ser federales, recibir y acompañar personas de todo el país. Estamos ante una situación de discriminación por parte del Gobierno Nacional, que parece enfocar sus ajustes en áreas relacionadas con género, diversidad y derechos humanos, lo que expresa una perspectiva discriminatoria».

Despidos de estatales: el fallo es un precedente importante en la lucha laboral


El primer caso con respuesta concreta involucra a un trabajador que presta servicios en el Estado desde marzo de 2021, y cuyo contrato no fue renovado arbitrariamente el 21 de marzo de 2024. La causa, identificada como Nº19483/2024/CA1, fue presentada en el Juzgado Nº15.

Este fallo establece un precedente importante en la lucha por el respeto al cupo laboral trans y contra la perpetuación del paradigma binario y heteronormativo, factores que amenazan los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y varios tratados internacionales. También pone de manifiesto el severo perjuicio en la salud física, psíquica y social de los afectados por los despidos, y reconoce la histórica opresión y desigualdad estructural que enfrentan las personas trans.

Además, destaca que el trabajo es un agente socializador esencial y que los sesgos culturales obstaculizan su acceso para las diversidades. Se observa que 6 de cada 10 mujeres trans y 7 de cada 10 hombres trans abandonan la educación formal en el nivel secundario debido a la discriminación, y que el 50% del colectivo no ha recibido formación laboral alguna. El Estado tiene la obligación de garantizar la implementación de un cupo mínimo del 1% de su personal para ser ocupado por personas travestis, transexuales y transgénero, conforme a la ley vigente.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Exit mobile version