Despidieron a un enfermero de Cinco Saltos luego de sufrir un accidente en la Ruta 151, ahora deberán indemnizarlo

El día del accidente se dirigía al nacimiento de su hijo, por las lesiones no pudo volver a trabajar en sus tareas habituales. Meses después el sanatorio dejó de pagarle, ahora deberán indemnizarlo.

Un sanatorio de Cinco Saltos despidió a un enfermero de manera indirecta. El joven sufrió un accidente vial mientras se dirigía a asistir una cesárea. Ahora, un fallo de la Cámara Laboral de Cipolletti fijó la indemnización que deberán pagarle al trabajador de la salud.

El día del accidente vial el sujeto se dirigía a una cesárea programada, pero chocó con su auto entre Neuquén y Cinco Saltos. Terminó con fracturas múltiples en todo su cuerpo, las más graves en el cráneo y estuvo más de dos meses internado.

El enfermero transitó dos juicios ante el fuero laboral de Cipolletti. El primero fue por la falta de cobertura y el segundo por el despido. 

“En el primer juicio se probó que el sanatorio no había abonado la ART, como consecuencia de esto no contó con cobertura asegurativa en los términos y alcances legales del régimen laboral”, se informó desde el área de comunicación del Poder Judicial. En esta primera instancia la cámara fijó una indemnización cercana al millón y medio de pesos más intereses. 

El enfermero trabajaba desde 2015 en el Sanatorio del Sindicato de Industrias Químicas y Afines de Cinco Saltos. El incidente vial se consideró un accidente “in itinere”, puesto que ocurrió en el trayecto que va desde el domicilio hasta el lugar de trabajo.

La camara condenó tanto al sanatorio como al sindicato a pagarle al enfermero las diferencias salariales adeudadas por la incapacidad laboral temporaria, compensación adicional de pago único, indemnización por incapacidad laboral total permanente y definitiva derivada de un accidente de trabajo in itinere, prestación por gran invalidez y gastos médico-farmacéuticos acreditados.

En el segundo juicio, el profesional reclamó que su despido fue indirecto afirmando que envió telegramas intimando al sanatorio para que le depositaran sus haberes, pero nunca le respondieron. “Mediante una carta documento el sindicato rechazó los reclamos y desconoció la situación física del enfermero. Argumentó que durante más de un año no presentó certificados médicos, ni justificó inasistencias”, explicó la cámara laboral de Cipolletti. 

En esta instancia el fuero hizo lugar a la demanda y condenó al sanatorio y al sindicato a abonar al enfermero la suma de 403.809,89 pesos más intereses en concepto de indemnización por despido, indemnización sustitutiva del preaviso más sueldo anual complementario y las multas previstas por los artículos 1 y 2 de la ley 25.323.


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