Denunció que un sindicato de Viedma negó su vínculo laboral y acordó una millonaria indemnización

En Viedma, la Cámara del Trabajo homologó un acuerdo entre Uthgra y un exchofer y administrativo, por una indemnización que intentará resolver un conflicto laboral de más de dos décadas.

Este martes, la Cámara del Trabajo de Viedma homologó un acuerdo entre la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (Uthgra) y un exchofer y administrativo de la seccional Viedma del sindicato. Este acuerdo pone fin a un conflicto laboral que se extendió por más de dos décadas.

Según el expediente, el denunciante denunció haber mantenido una relación laboral con Uthgra desde el 3 de marzo de 2003, inicialmente como chofer y posteriormente en el área administrativa como administrativo de tercera categoría según el Convenio Colectivo de Trabajo 736/16, con una jornada laboral de cuatro horas diarias.

Aunque el sindicato negó la existencia de dicha relación laboral, las partes acordaron, de forma transaccional y sin admitir los hechos invocados ni el derecho esgrimido, una indemnización de $6.500.000. Este monto se abonará en trece pagos iguales, mensuales y consecutivos de $500.000 cada uno, mediante cheques, con el primer vencimiento a los cinco días de notificada la homologación del acuerdo.

El 12 de marzo de 2025, el exempleado compareció ante la Secretaría de la Cámara del Trabajo de Viedma, donde fue informado del contenido del acuerdo y prestó su conformidad. La Justicia consideró que, a través del mencionado acuerdo, se alcanzó una justa composición de los derechos, pretensiones e intereses de las partes, teniendo en cuenta las particulares circunstancias de la causa y las temáticas debatidas.


Cláusulas de incumplimiento


El acuerdo establece que la mora en el cumplimiento del pago operará de forma automática, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. En caso de incumplimiento, el exempleado podrá optar entre la acción ejecutiva del acuerdo, con una multa equivalente al 30% del saldo adeudado, o iniciar un juicio de conocimiento pleno por la totalidad de los rubros derivados de la relación laboral denunciada y su extinción, en cuyo caso el acuerdo quedaría sin efecto.


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