Cuando nació, no pudo tener el apellido de su papá fallecido pero pidieron un ADN post morten en Roca

El hombre murió mientras su hija estaba en gestación. Una defensora civil de Río Negro pidió que se garantice el derecho a la identidad de esta niña, luego de un proceso judicial.

Todo empezó cuando una mujer de Roca que cursaba dos meses de embarazo, se acercó a la Defensa Pública de Río Negro preocupada por la identidad de su bebé por nacer ya que se padre había fallecido.

El hombre murió como consecuencia de un hecho delictivo y su pareja enviudó durante el embarazo. Es por eso que la mujer solicitó la filiación post morten del bebé. Finalmente la niña nació en 2021, hace dos años.

Según explicó la defensora civil que lleva adelante las actuaciones, la intención es que «la realidad biológica se vea reflejada en el plano jurídico», es decir, que el apellido paterno aparezca en el acta de nacimiento de esa persona por nacer. Este proceso busca ejercer el «derecho a la identidad».

La magistrada fundó el pedido en el artículo 580 del Código Civil y Comercial que establece la posibilidad de realizar la “prueba genética post mortem en caso de fallecimiento del presunto padre«. La prueba puede realizarse sobre material genético de los dos progenitores naturales.

Sin embargo, la estrategia de la Defensa Civil en este caso tuvo que ser distinta ya que el hombre fallecido era hijo adoptivo y por este motivo, sus padres adoptivos no podrían brindar material genético conducente a determinar la realidad biológica de la niña.

«Entonces, y ante la especial circunstancia de que la muerte del hombre se produjo en el marco de un hecho delictivo que tuvo su consecuente causa penal, el Cuerpo de Investigación Forense realizó la autopsia y esa pericia pudo ser utilizada para recolectar el ADN necesario”, explicó la defensora.

Esa muestra recolectada fue enviada al Laboratorio Regional de Genética Forense del Ministerio Público Fiscal con sede en Bariloche, y en primera instancia determinó que la muestra era suficiente para el propósito.

“A eso sumamos además el aviso a la madre y padre adoptivos del hombre fallecido (padre de la niña), ya que era necesario comprobar que la muestra de esos progenitores no iba a servir para el cometido buscado, porque justamente no eran familia biológica”, subrayó la representante del la Defensoría.

Para poder comparar la muestra del padre de la beba, también se enviaron a Bariloche los hisopados bucales realizados en Roca a la madre y a la criatura. Finalmente, el resultado notificado fue de una compatibilidad del 99,99% de filiación.

A partir de ese resultado favorable en la pericial genética, solicitaron que se dicte la sentencia que determine que la beba es hija del hombre fallecido y que se lleve adelante su inscripción en el Registro Civil con los datos filiatorios que corresponden.

Este pedido fue realizado por la defensa a la jueza de Familia y ahora resta que se resuelva la sentencia.


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