Crisis carcelaria en Río Negro: cuestionamientos a la domiciliaria de un imputado con graves causas de género

El procurador Jorge Crespo emitió un dictamen y criticó la decisión de un juez de Garantías de Villa Regina. Es por el caso de los detenidos en comisaría en condiciones inhumanas. 

Las condiciones de hacinamiento que reveló un informe sobre la comisaría de Villa Regina agudizó la crisis carcelaria en Río Negro. Un juez de Garantías hizo lugar al habeas corpus y ordenó el traslado de los internos que, según un informe socioambiental, vivían en condiciones inhumanas. En la resolución, el magistrado Gastón Pierroni autorizó la prisión domiciliaria para uno de los presos acusados por violencia de género.


El espíritu de la sentencia era mover de inmediato a los presos hasta que el servicio penitenciario los ubicara en alguna de las cárceles de la provincia. Pero la fiscalía se opuso a la resolución y presentó un recurso de casación, especialmente por el caso del hombre acusado por un grave hecho de género y quien ya había sido condenado por delitos similares. Tras la presentación de la fiscalía, el procurador Jorge Crespo emitió un dictamen en el mismo sentido: dijo que el juez «se excedió» del objeto y que la sentencia «carece» de fundamentos.


El fiscal Juan Carlos Raile Luppi argumentó que la decisión de otorgar arresto domiciliario a R.C.C., acusado de tentativa de homicidio, violación de domicilio, amenazas y otros delitos graves, representa un riesgo injustificado para la víctima y una violación a los principios del proceso penal.


El fallo del juez Pierroni, emitido el 16 de agosto de 2024, hizo lugar a la acción de habeas corpus correctivo a favor de los imputados alojados en la Unidad Policial Nº 5 de Villa Regina. Pierroni dispuso que, en caso de no habilitarse un cupo en un establecimiento carcelario, los imputados podrían cumplir la prisión preventiva en sus domicilios, con monitoreo electrónico. Esta medida incluyó a R.C.C., quien ya había sido condenado previamente por violencia de género contra la misma víctima. Actualmente está con una tobillera electrónica y es monitoreado por el ministerio de Seguridad.


El fiscal Raile Luppi impugnó esta decisión al considerar que el juez se extralimitó en sus facultades. Sostuvo que la modificación de la prisión preventiva a una modalidad domiciliaria carece de un análisis adecuado sobre los riesgos que el imputado presenta, especialmente considerando su historial de violencia. “El juez utilizó una acción de habeas corpus para cambiar una medida cautelar que había sido impuesta con fundamento en la gravedad de los hechos y el peligro que el imputado representa para la víctima”, declaró el fiscal en su recurso.


Raile Luppi recordó que la prisión preventiva se había dictado para proteger a la víctima ante el riesgo de fuga y de entorpecimiento del proceso. Además, el fiscal señaló que el juez Pierroni no fundamentó la decisión de otorgar la prisión domiciliaria y que durante la audiencia había afirmado que no se modificarían las medidas cautelares, lo que evidenció una contradicción en su resolución.


El fiscal insistió en que, dada la gravedad de los delitos imputados y los antecedentes de R.C.C., la medida de prisión domiciliaria es inadecuada y peligrosa. La Fiscalía destacó que no se consideró el impacto que esta decisión podría tener en la seguridad de la víctima y cuestionó la falta de fundamentación legal en la sentencia.


Las tobilleras electrónicas emergieron como paliativo a la crisis carcelaria de Río Negro. En un primer momento fueron promovidas por el Ministerio de Seguridad como la solución a todos los problemas. Con el paso del tiempo, jueces y juezas de la provincia se fueron dado cuenta de su falibilidad: pérdidas de señal, desconexión o daños. De hecho, se advierte en los juzgados de Ejecución que son frecuentes los llamados de atención por la falta de cumplimiento de las pautas en relación a las pulseras o tobilleras.


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