Confusa lectura de una resolución judicial vinculada al uso de las cámaras Gesell de Neuquén en Río Negro

Un juez hizo lugar al pedido del fiscal jefe y recusó a dos magistrados en una causa por abuso sexual. Sin embargo, una serie de desatinos del fuero penal complicó la comprensión del fallo.

Una serie de desatinos por parte del personal del fuero Penal dificultaron la comprensión de una resolución en un caso de abuso sexual. Se trata del juicio que se suspendió porque el fiscal Gustavo Herrera recusó a dos jueces por las polémicas cámaras Gesell que toma Neuquén y que no tienen validez en Río Negro, según un fallo del Tribunal de Impugnación.

El fiscal jefe consiguió una resolución favorable por parte del juez Julio Sueldo, quién hizo lugar a la recusación de sus colegas Marcelo Gómez y Guillermo Merlo. Gómez y Merlo, junto con la jueza Rita Lucía, anularon – sin jurisdicción – una cámara Gesell de Neuquén porque había sido tomada sin la participación de un juez o jueza, sin el imputado y sin el defensor.

En ese caso, Herrera perdió el juicio, el tribunal absolvió al imputado de abuso sexual y las actuaciones fueron analizadas por el Tribunal de Impugnación. Impugnación confirmó lo resuelto en Cipolletti, aunque corrigió un tecnicismo.

El tribunal no podía dictar la nulidad porque la Gesell se hizo en Neuquén, sitio donde los jueces de Río Negro no tienen ni jurisdicción ni competencia. De todos modos, en lo central, afirmaron que las Gesell como las hace Neuquén no son válidas en Río Negro porque se violan garantías constitucionales.

En Río Negro se realizan con la participación de un juez o jueza de garantías, con el imputado, su defensor y en con la mayor celeridad posible. Antes de que el Tribunal de Impugnación se expidiera sobre este tema de las Gesell, el fiscal Herrera inició otro juicio también por abuso sexual con una Gesell de Neuquén.

Gómez y Merlo, junto con Guillermo Baquero Lazcano, integraban ese tribunal. Pero Herrera recusó a los primeros dos porque ya conocía su criterio respecto de la prueba madre. Pidió, al menos, esperar el resultado de la impugnación.

Una resolución sin lenguaje claro


Mientras que en los poderes judiciales está desembarcando una corriente de lenguaje claro, una serie de decisiones hicieron ir en contramano a Río Negro. Al menos en este caso. El juez Sueldo resolvió por escrito pero tuvo que tomarse una licencia por un asunto personal. Entonces delegó en la directora de la Oficina Judicial Marcela Martín la comunicación de la decisión por audiencia, como si fuese una secretaria del tribunal.

La licenciada en Economía Marcela Martín transitó serias dificultades para la lectura de un texto que había sido escrito por un juez, de profesión abogado, con mucho latín y sin lenguaje claro. Mala combinación. En conclusión, lo único que se entendió es que Gómez y Merlo no van a poder juzgar el caso y por eso se deberá conformar un nuevo tribunal con Baquero Lazcano y dos colegas más.

La información respecto a lo que sucedió en la audiencia fue solicitada formalmente a la Dirección de Comunicación Judicial frente a la incomprensión de la que dieron cuenta las partes del juicio. El área evaluó que si bien se trataba de un caso de abuso sexual que es reservado, la audiencia – por contener cuestiones meramente técnicas respecto a la intervención de dos jueces – no estaba alcanzada por esa reserva.

No se mencionaban datos respecto del abuso ni otras circunstancias. También se consignó que la directora de la Oficina Judicial no hizo más que cumplir con una orden encomendada por el juez Julio Sueldo.


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