Conflicto de tierras en Fernández Oro: revés para la cooperativa

La justicia rechazó una medida cautelar para que el Ejecutivo devuelva los materiales secuestrados del loteo social. La jueza interviniente avaló el procedimiento del municipio.

La justicia avaló las medidas que interpuso el municipio de Fernández Oro en el conflicto por un loteo social y rechazó el recurso que buscaba detener las acciones del Ejecutivo. Los representantes legales de la Cooperativa de Trabajo del barrio Obrero de Cipolletti interpusieron una medida cautelar para que el municipio devuelva todos los materiales secuestrados y frene el avance sobre terreno ubicado en una chacra sobre la calle Esperanza.


La semana pasada autoridades municipales ingresaron para retirar materiales y estructuras, según la Cooperativa, de manera injustificada. El conflicto data desde hace varios años pero se acentuó en los últimos meses por el avance de la Cooperativa en la construcción de viviendas. En ese contexto, ingresaron al lugar y secuestraron todos los materiales con fines para edificación de viviendas.


La Cooperativa denunció la medida como un «atropello» y aseguró que había un acuerdo con el exintendente Mariano Lavín para avanzar sobre un loteo social. El actual titular del IPPV desmintió ese convenio y aseguró que la postura del municipio siempre fue la misma: no se puede construir en esa zona productiva rural. La única alternativa era con un proyecto de producción.


Luego de los secuestros, la Cooperativa con el patrocinio del abogado Iván Martín Chelia solicitó que se ordenara a la Municipalidad la suspensión de las acciones y la devolución de los elementos retirados del predio. Alegó que el municipio actuó sin notificar adecuadamente las resoluciones y sin ofrecer una oportunidad de defensa, además de acusar a los funcionarios de causar daños en el sitio.


La presentación incluyó detalles de las actuaciones municipales desde mayo de 2024. La Municipalidad labró el Acta de Infracción N° 000465, en la que señaló presuntas irregularidades en las obras de urbanización realizadas en la chacra, con el argumento que la zona no contaba con habilitación.


La Cooperativa aseguró no haber recibido la notificación formal de esa infracción ni de las resoluciones posteriores. Solo el 10 de octubre de 2024, según afirmaron, la Municipalidad notificó oficialmente la sanción de clausura y multa.


El 28 de octubre de 2024, antes de las siete de la mañana, personal municipal ingresó al predio acompañado por la policía. Según la Cooperativa, realizaron la desocupación del lugar, llevaron materiales y estructuras sin registrar un inventario detallado y causaron graves daños en el proceso. Posteriormente se labró un acta que, según la parte demandante, no reflejaba con precisión los elementos sustraídos.


La jueza de Cipolletti María Adela Fernández evaluó la solicitud y rechazó las medidas cautelares solicitadas. Consideró que las acciones de la Municipalidad contaban con respaldo legal y no constituían una vía de hecho, como argumentó la Cooperativa. También señaló la falta de una acción judicial principal por parte de los actores y afirmó que no se demostró de manera suficiente la urgencia ni el daño irreparable alegado.


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