Confirmaron la condena a 13 años de prisión para Milagro Sala

La Corte Suprema rechazó hoy el pedido de la defensa de declarar inconstitucional la sentencia que le dictaron en 2019. Para la Justicia, la dirigente armó una "asociación ilícita" a través de la cual cometió delitos de defraudación.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, a cargo de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazó hoy un recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente jujeña Milagro Sala. Con esta acción, la Justicia dejó firme la condena a 13 años de prisión que le dictó en 2019 el Tribunal Oral Criminal 3 por la causa “Pibes Villeros”.

Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas. En consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario, salvo que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa. En ese marco, el recurso extraordinario federal intentado es inadmisible y, por ello, ha sido bien denegado por el a quo”, argumentó en la sentencia el máximo tribunal del país.

Sala tiene varios procesos penales en curso. El más renombrado fue la causa “Pibes Villeros” por la cual la Justicia jujeña la condenó por asociación ilícita.

Para los jueces, Sala realizó delitos de extorsión y defraudación respecto de los pagos en ejecución de catorce convenios firmados en relación con fondos provenientes del Instituto de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Jujuy (IVUJ) y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.

El tribunal resaltó que esta organización conformada para llevar adelante estas acciones logró un altísimo acatamiento de las directivas de Sala ya que “se impuso así una suerte de temor y obediencia a raja tablas [sic] de las órdenes que recibían, cooperativista [sic] y miembros de distintas organizaciones sociales, pues quienes se resistían o confrontaban habían sido lesionados, extorsionados, amenazados y privados de la obtención de obras, bolsones de comidas, capacitaciones”.

También se comprobó la responsabilidad de Sala como coautora de fraude en perjuicio de la administración pública. Es que la asociación ilícita logró la entrega de altas sumas de dinero por parte de dependencias públicas a través de un conjunto de cooperativas que respondían a su voluntad para luego desviar esos fondos.

Además se corroboró la utilización de una sola cuenta bancaria correspondiente a la cooperativa “Pibes Villeros” para reunir el dinero ilícitamente recaudado. La cooperativa tenía igual domicilio legal que la sede de la Tupac Amaru y su acta constitutiva fue secuestrada de la casa de Sala.

El caso llegó a la Corte después que en 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy rechazara un pedido de Milagro Sala, que había pedido que se declarara inconstitucional el juicio. Antes, el caso había sido revisado por la Cámara de Casación de Jujuy y también confirmado.

Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia remitió a fines de diciembre del 2020 las actuaciones a la Corte Suprema. Es que la defensa de Sala aseguraba que fue sometida a varios procesos de criminalización como consecuencia de su activismo político, que se violaron sus garantías constitucionales y que la condena en su contra había sido arbitraria.


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