Confirman condena por homicidio en un paraje de Río Negro: la historia detrás del asesinato

El crimen ocurrió en el paraje Río Chico, en la Región Sur de Río Negro. Fue en marzo del 2023.

Los jueces del Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) descartaron la teoría del homicidio con exceso en la legítima defensa.

No se acredito de ningún modo con las pruebas aportadas que haya existido algún tipo de agresión ilegítima por parte de la victima (Mario Railaf)”, afirmó el juez del Tribunal de Impugnación Provincial (TIP), Carlos Mussi. Por eso, propuso rechazar el recurso de impugnación presentado por la defensa oficial de Diego Alberto Bobadilla. El homicidio ocurrió la mañana del 19 de marzo del 2023, en la avenida San Martín del paraje Río Chico, ubicado en la Región Sur de Río Negro.


Sus pares del TIP, Miguel Ángel Cardella y Adrián Zimmermann adhirieron. En consecuencia, confirmaron la sentencia que el tribunal de juicio de Bariloche dictó el 6 de junio pasado cuando le impuso 12 años de prisión a Bobadilla como autor del homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Railaf.


Según la acusación fiscal, Bobadilla disparó con un revólver calibre 22 largo contra Railaf en dos ocasiones, frente a un domicilio donde estaba su pareja y otras tres mujeres. De esa vivienda había salido Railaf alcoholizado esa mañana tras haber compartido la madrugada.


Un proyectil perforó el pulmón izquierdo de la víctima y causó una hemorragia interna letal. La víctima tenía 23 años.


Mussi recordó en el fallo que había un conflicto porque Railaf tenía una relación sentimental con la señora del imputado. Es más, el juez mencionó que la víctima le había advertido a la mujer que si lo dejaba le iba a matar a su marido: Bobadilla.

Tras dispararle, Bobadilla huyó del lugar. Cinco días después, se entregó a la Policía. Hoy, cumple prisión preventiva domiciliaria, informaron fuentes judiciales.


La defensora oficial Blanca Alderete había cuestionado la sentencia, porque el tribunal de juicio desestimó la teoría de un homicidio cometido con exceso de la legítima defensa.

DATO CLAVE

2,79
gramos de alcohol por litro de sangre tenía la víctima cuando lo mataron. Para el TIP, estaba casi en estado de indefensión.


Sostuvo que el tribunal ignoró la prueba presentada por la defensa que abonaba esa teoría. También, objetó el monto de la pena.


Alderete había pedido al TIP que revoque la sentencia y que condenara a Bobadilla por homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legitima defensa. O, que disponga el reenvío al tribunal de juicio y se le imponga la pena mínima de 10 años y 8 meses de prisión.

El fiscal de El Bolsón, Francisco Arrien, que dirigió la investigación solicitó rechazar el recurso de la defensa y ratificar el fallo condenatorio. La querella hizo el mismo planteo.



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