Caso Atahualpa Martínez en Viedma: el STJ de Río Negro anuló el fallo que indemnizaba a la familia

El joven de 19 años fue asesinado en 2008. El Superior Tribunal de Justicia revocó la indemnización a la familia por la falta de resolución del crimen.

Los integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) revocó una sentencia que había otorgado una indemnización por una investigación penal irresuelta en la causa por el crimen de Atahualpa Martínez Vinaya, de 19 años, en 2008 en Viedma. El 15 de junio de ese año el joven apareció asesinado de un disparo en la espalda  a metros de estación transformadora de luz de la capital rionegrina.

En noviembre del año pasado la Cámara Civil de Viedma confirmó la sentencia dictada en 2022 por $6 millones y resolvió que el Estado debía indemnizar por un monto de $15 millones a la familia Atahualpa Martínez.

El fallo de la Cámara Civil de Viedma no estaba firme y la Fiscalía de Estado lo cuestionó con un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

Los argumentos del STJ en el caso Atahualpa Martínez


Según el fallo del máximo tribunal de Río Negro, “no quedó probada la relación causal entre las omisiones y el resultado final del proceso penal. Ese nexo de causalidad es imprescindible, entre otros requisitos, para que el Estado deba resarcir por daños y perjuicios”.

Además, según se remarcó, «el esclarecimiento de un delito es una obligación de medios, no de resultados, y que responsabilizar al Estado por no resolver un caso implicaría convertirlo en asegurador de todos los hechos».


Además, el STJ de Río Negro citó fallos de la Corte Suprema que establecen que el Estado solo responde si el perjuicio es consecuencia directa de una omisión, y la carga de probar esta causalidad recae en quien reclama la indemnización.


El fallo inicial sobre lo que sucedió en el caso de Atahualpa Martínez había puesto el acento en dos cuestiones: la demora en la prueba de ADN de una campera secuestrada y la no realización de la inspección ocular en el local “Miloka”.

Tras analizar el expediente, según el STJ «no se probó que de haberse hecho el allanamiento y haberse peritado antes la campera, el caso se hubiese resuelto. La relevancia de ambos elementos quedó menguada en el segundo juicio, sobre todo a partir del ADN realizado con tecnología más avanzada. La relación de causalidad debe exhibir certeza; y en este ámbito no tiene cabida la presunción”, destacó el STJ.


El fallo agregó otro argumento: “Desde otro enfoque, es dable recordar que el esclarecimiento de un hecho delictivo constituye una obligación de medios y no de resultado. Más allá del compromiso inflexible que es exigible al Estado en la averiguación de los hechos delictivos, ello de modo alguno implica responsabilizarlo patrimonialmente por no lograr llegar a la verdad, puesto que una conclusión contraria llevaría al extremo de convertir al Estado en ente asegurador de todo hecho dañoso que se cometiera”.


El STJ recordó que para que exista indemnización debe probarse que “de haberse desarrollado a tiempo tales medidas de investigación, el curso del proceso podría haber cambiado, lográndose el esclarecimiento del hecho e individualización del autor/es del homicidio, evitando la impunidad en el proceso penal”.

Caso Atahualpa Martínez: cómo fue el cierre del caso


Atahualpa Martínez fue visto con vida por última vez en el bar Miloka, donde no se realizaron allanamientos y el lugar donde fue hallado el cuerpo fue contaminado y sin preservar la escena del crimen.

La fiscal de la causa era Daniela Zágari, la encarga de la investigación que 12 años después del crimen fue suspendida por 50 días por «mal desempeño» debido que no resguardo la escena del crimen, no inspeccionó el pub Miloka y su demora en pedir la pericia de la prueba más importante de la cusa y que apareció cuatro años más tarde: la campera de uno de los imputados, Carlos Morales Toledo, manchada con sangre de Atahualpa.

Diez años después del asesinato, Julieta Vinaya murió sin saber quién o quiénes fueron los asesinos de su hijo. Luego de pasar por el desgaste judicial y el dolor de perder a su hijo, y una enfermedad a la que no tuvo fuerzas para poder enfrentarla por el peregrinaje judicial que tuvo que pasar.

En 2019 se realizó un segundo juicio donde Felipe Carrasco y Carlos Morales Toledo fueron absueltos. Mientras que Belén Barrientos, la tercera imputada, no había sido acusada por la fiscalía. Las mismas personas habían sido imputadas en 2013 y llevadas a juicio a mediados de 2014 con idéntico resultado.

Para que la impunidad sea completa, restaba el sello y la firma. El 12 de junio de 2021, a pocos días de cumplirse 13 años del asesinato, la Justicia de Río Negro archivó la causa. Y en 2023 la Corte Suprema de la Nación resolvió cerrar definitivamente el caso.


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