Baja de la edad de imputabilidad: el Ejecutivo envió al Congreso el proyecto para bajarla de 16 a 13 años

Se trata del Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil. La iniciativa anunciada por los ministros Bullrich y Cúneo Libarona ingresó a la Cámara de Diputados. Los detalles.

La iniciativa de la baja de edad de imputabilidad había sido anunciada por los ministros Bullrich y Cúneo Libarona. (Gentileza)

Tal como habían anunciado días atrás los ministros Patricia Bullrich (Seguridad) y Mariano Cúneo Libarona (Justicia), el Poder Ejecutivo envió este lunes al Congreso el proyecto de ley para bajar de 16 a 13 años la edad de imputabilidad. Se trata de un nuevo Régimen Penal Juvenil que ingresó a la Cámara de Diputados y será debatido tras el receso de invierno.

La iniciativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros Bullrich y Cúneo Libarona. Consta de 52 artículos y se suma a otros ocho proyectos ya presentados en la Cámara baja por La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Hacemos Coalición Federal y hasta Unión por la Patria.

En el primer artículo, se establece un “régimen penal aplicable a las personas adolescentes, desde los 13 años de edad hasta las cero horas del día en que cumplan 18 años de edad, cuando fueran imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal o en las leyes penales especiales vigentes o que se dicten en el futuro”. Según aclara, se tomará la edad al momento de cometer el delito.

El texto agrega que “la finalidad del Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil es fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.

El proyecto fija los principios rectores, derechos y garantías del nuevo Régimen “en consonancia con la Convención sobre los Derechos del Niño”; los derechos de las víctimas y de las personas perjudicadas; las penas y medidas complementarias; las causales de extinción de la acción penal y de la pena; la supervisión por parte de los órganos competentes del Estado; las características de los institutos especializados de detención y las medidas de salud, entre otras.

Según se indica, la pena de prisión podrá ser reemplazada por otras sanciones si el delito cometido por el adolescente tiene una pena de entre 3 y 6 años de prisión y se dan una serie de circunstancias, como por ejemplo que no haya provocado la muerte o “una grave violencia física o psíquica” sobre la víctima, o si se trata de delitos culposos, entre otras.

En esos casos, en lugar de la pena de prisión podría aplicarse una amonestación; la prohibición de contacto o acercamiento con la víctima, de conducir vehículos, de concurrir a determinados lugares o de salir del país; la prestación de servicios a la comunidad; o el monitoreo electrónico.

“La situación de los menores en conflicto con la ley penal es uno de los graves problemas que hoy atraviesa la sociedad argentina y su abordaje requiere una solución integral que contemple no solo la cuestión punitiva, sino también medidas estatales que acompañen al adolescente luego, con el objeto de que obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada”, sostiene el texto del Ejecutivo.

En ese sentido, remarca que “actualmente, los delitos cometidos por adolescentes de menos de 16 años quedan impunes” y “esta circunstancia genera una situación de injusticia, que perciben tanto las víctimas como la sociedad en general”, por lo cual “es imperativo que nuestro sistema legal asegure que aquellos que cometen delitos sean responsables por sus acciones”.

El Ejecutivo advierte que Argentina y Cuba son “los únicos países de la región” en mantener en 16 la edad de imputabilidad. En ese sentido, menciona que Chile, Colombia y Perú la fijaron en 14 años; Guatemala, Nicaragua y Uruguay, en 13; Brasil y México, en 12; y Granada y Trinidad y Tobago, en 7.


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