Anularon el fallo que absolvió a la mujer víctima de violencia que mató a su pareja en Junín de los Andes
El Tribunal de Impugnación ordenó realizar un nuevo juicio con otros magistrados. La decisión causó sorpresa en la defensa, que podría presentar un recurso extraordinario.
Verónica Troncoso, una mujer víctima de violencia de género, fue sometida a juicio oral porque el 24 de diciembre del 2022 en Junín de los Andes mató de una puñalada a su pareja Walter Vera. En esa instancia la absolvieron porque se consideró que actuó en legítima defensa. Pero hoy el Tribunal de Impugnación anuló esa sentencia y ordenó realizar un nuevo juicio.
El fallo fue dictado por unanimidad aunque sólo tiene los fundamentos de Estefanía Sauli, a los que adhieren sin argumentos propios Florencia Martini y Federico Sommer. Señala, entre otros aspectos, que el Tribunal de Juicio «sólo se circunscribió a la teoría del caso de la defensa, omitiendo cualquier tipo de análisis de la teoría del caso de las acusadoras».
«El razonamiento de los magistrados de juicio desemboca en un análisis sesgado, entendiendo que sólo la teoría defensista tiene una mirada con perspectiva de género cuando en realidad, con distintas aristas –obviamente-, ambas tienen esa mirada. Lo que no contemplaron los jueces es que ambas teorías del caso, la de las acusadoras y la de la defensa, contemplaban la violencia de género padecida por Verónica Troncoso», añade.
La acusación estuvo a cargo del fiscal Manuel González y la querellante Caren Salamanca.
«Le falta perspectiva de género»
La defensora pública Ivana Dal Bianco afirmó, consultada por diario RÍO NEGRO, que «al que le falta perspectiva de género es al fallo del Tribunal de Impugnación. Analizaron el caso como si fuera un hecho común de legítima defensa, la perspectiva de género exige una mirada más amplia».
Agregó que «dice que la defensa no presentó pruebas y omite mencionar a todas las testigos que llevamos al juicio, las profesionales que trataron a Verónica en el hospital, a las que ella les contó su historia. Ni siquiera las tuvieron en cuenta».
Dal Bianco, quien representó a Troncoso junto a su colega Paulo Nestares Camargo, dijo que analizará si presenta una impugnación extraordinaria para que la sala penal del Tribunal Superior de Justicia revise la decisión de Impugnación.
«Valoración arbitraria»
El voto de la jueza Sauli, al que adhieren sus colegas, señala en otra parte que «se ha omitido valorar o refutar la teoría del caso de las acusadoras, la cual presenta ciertos puntos en común con la de la defensa, como es la violencia de género, aspecto central y ampliamente desarrollado en la sentencia, pero bajo una sola mirada, la de la defensa».
También dice que la sentencia dictada por Leticia Lorenzo, Laura Barbé y Juan Balderrama en agosto pasado «no se sustenta en una valoración razonable de la prueba producida, lo que la torna arbitraria. En razón de estos argumentos debe ser descalificada como un acto jurisdiccional válido».
En consecuencia, la absolución de Troncoso quedó anulada y deberá hacerse un nuevo juicio ante otro tribunal.
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