Antivacunas en Roca: los papás de un bebé recién nacido se negaron a vacunarlo, pero la Justicia los obligó

Los padres se negaban a permitir la aplicación de las dos primeras vacunas. El fallo dio a los progenitores un plazo de cinco días para que cumplan voluntariamente con las dosis de Hepatitis B y Vitamina K.

Los papás de un bebé nacido en Roca se negaron a aplicarle las dos primeras vacunas obligatorias según el calendario estatal: la primera, contra la Hepatitis B y la otra es la Vitamina K para evitar la “enfermedad hemorrágica del recién nacido”. El caso llegó inmediatamente a la Unidad Procesal de Familia 17 de Roca y la sentencia se dictó el mismo día.

El proceso comenzó con un correo electrónico del apoderado de la clínica a la Defensoría de Menores e Incapaces. Allí explicaba que la negativa de la madre y el padre “genera un riesgo en la salud del niño” y “un riesgo social por la no vacunación”.

Los padres se negaban a permitir la aplicación de las dos primeras vacunas. Una es la primera dosis contra la Hepatitis B, que según el calendario se aplica en las 12 horas siguientes al nacimiento; la otra es la Vitamina K para evitar la “enfermedad hemorrágica del recién nacido”.

Desde la Defensoría indicaron que la actitud de los progenitores permite “inferir” que también se van a oponer en el futuro a “toda la cartilla vacunatoria que se le debe administrar a su niño a lo largo de su infancia y adolescencia”, por lo que pidieron un pronunciamiento amplio de la jueza.

Una funcionaria del juzgado se comunicó por teléfono, en forma inmediata, con los progenitores del bebé. Los citó al juzgado “a los fines de ser escuchados y que eventualmente ejerzan su derecho de defensa”, pero no asistieron.

En la comunicación el padre afirmó que en verdad “no es una negativa a vacunar a su hijo” sino que quieren “una prórroga a los fines de poder conversar con algún pediatra para un pedido de iatrogenia”, con el fin de “descartar daños inminentes en la vida del bebé derivados de la aplicación de las vacunas, ya sea por alergias que le provoquen sus componentes o cualquier otro daño por la medicación”.

Por la urgencia del planteo, la jueza resolvió tramitarlo como “medida autosatisfactiva”, de trámite exprés. “El niño recién nacido no tiene autonomía para decidir por sí, ni capacidad para elegir y realizar acciones basadas en creencias o valores. El derecho a la vida y a la salud (…) colisiona con el derecho de los padres a tomar decisiones sobre la persona de su hijo bajo sus valores”, fundamentó.

Así, el fallo dio a los progenitores un plazo de cinco días para que cumplan voluntariamente con las dosis de Hepatitis B y Vitamina K. De lo contrario, se procederá a la “ejecución compulsiva”. Además, les ordenó que “cumplan con el plan de vacunación nacional obligatorio” en el futuro.


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