Al final sí tenía el dinero: pagó la deuda alimentaria recién cuando le retuvieron el carnet, en Cipolletti

El hombre debía más de 100 mil pesos de cuota alimentaria. Tras meses de espera, pagó su deuda.

El fallo surge del fuero de Familia. Foto: Archivo.

Un hombre de Cipolletti debía más de cien mil pesos de cuota alimentaria a su progenitora, y como no regularizaba la situación, decidió reclamar ante la justicia. Allí, la jueza dispuso que le retengan la licencia de conducir y que se le prohíba la renovación u obtención de uno nuevo en el municipio. Tras tres meses de espera pagó su deuda.

Las demandas por alimentos ante el fuero de familia son uno de los procesos que se realizan con mayor frecuencia en la justicia. En este caso, el reclamo fue efectuado en agosto del 2023, por una familia de Cipolletti.

En ese momento el progenitor adeudaba 107.000 pesos de alimentos. La justicia resolvió como medida razonable la suspensión y el retiro de la licencia de conducir vigente así como su prohibición para renovarla, hasta que se acreditara el cumplimiento de la obligación alimentaria.

«Se consideró que la obligación alimentaria del progenitor emerge de la responsabilidad parental y que la omisión de pagar no es otra cosa que una vulneración a los Derechos Humanos de sus propios hijos«, manifiesta el fallo.

En el expediente surge que la falta de prestación es una violación a un derecho elemental básico del hijo y constituye un «claro caso de violencia». Tras algunos meses el progenitor regularizó la deuda, y una segunda resolución judicial dispuso el relevamiento de las medidas.

En la ley provincial N° 4241, de Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares dispone en el artículo 8 inciso e que son considerados actos de violencia económica familiar: «aquellas acciones y conductas que impidan o restrinjan el ejercicio del derecho de propiedad, el acceso o administración de bienes, propios o gananciales, dinero, falta de cumplimiento adecuado de los deberes alimentarios que pongan en riesgo el bienestar o desarrollo de las personas o de sus hijos menores de edad».

Según manifestaron desde el fuero de familia, lo que se pretende con estas medidas es garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes. Por ello la normativa contempla medidas para el cumplimiento de las cuotas alimentarias: embargos, subastas y suspensión de actividades. Cuando no es posible ubicar a las y los progenitores, la demanda puede dirigirse a abuelos y abuelas.



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