Agresión a comunidad mapuche en Bariloche: piden declarar culpables a los acusados
Hay cuatro hombres y una mujer imputados por varios delitos cometidos contra integrantes de la lof Buenuleo, asentada al pie del cerro Ventana. La defensa pidió la absolución y acusó a Montoneros.
Un tribunal penal de Bariloche deberá analizar y definir si son responsables de varios delitos cuatro hombres y una mujer, acusados por la agresión a integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo, en un violento episodio que se perpetró en abril de 2020 en tierras que se mantienen en litigio judicial.
Los imputados son Víctor Sánchez, Antonio Puñalef, Facundo Vera, Víctor Vera y Olga Flores, quienes fueron acusados de lesiones, violación de domicilio, daño y robo simple (este último solo en el caso de uno de los imputados) por la fiscal jefa Betiana Cendón que esta mañana expuso los alegatos ante los jueces Bernardo Campana, Marcos Burgos y Gregor Joos, quienes el lunes darán a conocer su resolución.
La querella, representada por Ezequiel Palavecino, adhirió al planteo de la fiscalía al pedir la declaración de responsabilidad de los cinco imputados y la defensa, ejercida por Alejandro Pschunder, pidió la absolución de los acusados y señaló que dos de los delitos atribuidos no se correspondían por tratarse de una tierra ocupada, aún en disputa judicial.
El hecho ocurrió cuando en abril de 2020 los cinco acusados se acercaron a la vivienda donde se encontraban integrantes de la comunidad Buenuleo, que se instalaron en el predio al pie del cerro Ventana en septiembre de 2019 como parte de un proceso de recuperación territorial, y agredieron físicamente a Ramiro Buenuleo, además de amedrentar y atacar la vivienda en cuyo interior se encontraban dos mujeres y cinco niños.
Los argumentos de la fiscalía
La fiscal Cendón puntualizó cada una de las acusaciones y pruebas para pedir la responsabilidad de de los imputados y reforzó la premisa de que las cinco personas, actuaron “por vía de hecho” en un episodio con violencia hacia la comunidad donde había mujeres y niños. Insistió que fueron a la vivienda donde “no debían ir” porque regía un litigio judicial vigente y una consigna policial a unos 100 metros que debía garantizar la seguridad y evitar incidentes.
Cendón dijo que “los únicos autorizados a ingresar al predio eran los miembros de la comunidad” y esta situación era conocida por los imputados, uno de ellos, Víctor Sánchez, quien anteriormente ejercía la posesión de la tierra y la vivienda que edificó años atrás tras la compra del terreno que es el trasfondo central de este conflicto.
“Los imputados sabían que tenían que evitar el conflicto y aún así fueron al lugar”, indicó Cendón que se refirió en sus alegatos al hecho violento que fue graficado con videos durante el juicio y en el que dio cuenta que los acusados arrojaron piedras y con palos rompieron los vidrios de las ventanas de la vivienda en cuyo interior se encontraban niños y mujeres.
Cendón remarcó que este caso no puede ser considerado una pelea porque los acusados se presentaron con una intencionalidad. “Esto no fue una riña porque podemos desarrollar quién participó en cada circunstancia”, indicó y afirmó que la mujer acusada y su hija menor de edad ingresaron de manera voluntaria a la vivienda una vez que son dañados los vidrios.
En este punto, la defensa y los acusados indicaron otra teoría del caso y afirmaron que la menor había sido retenida e ingresada a la fuerza ala propiedad, bajo una amenaza de agresión sexual que endilgaron a Ramiro Buenuleo, por lo que se desató la agresión.
Para la fiscal esta versión no está acreditada y no fue denunciada con anterioridad por lo que descartó su veracidad. También remarcó que Víctor Sánchez, padre de la menor, en sus expresiones ante el tribunal, no hizo mención a esa situación y sin embargo admitió su culpabilidad de haberse presentado en la vivienda y provocado la agresión.
Para el abogado querellante los acusados actuaron como una “patota” que tenía roles definidos para encerrar y amedrentar a los integrantes de la comunidad. El abogado Palavecino en sus alegatos se refirió a un hecho más de violencia contra una comunidad mapuche “como han sido castigados desde hace más de 140 años de historia” y afirmó que este hecho “es un caso de delito común por el ejercicio de la violencia en mano propia”.
La teoría de la defensa y "los Montoneros"
El defensor Pshunder cuestionó las acusaciones y vinculó el conflicto a la responsabilidad del Estado y de “los Montoneros que presionan políticamente con este gobierno para que pase lo que pase acá y en Mascardi”.
“Yo no justifico lo que sucedió, pero esto es porque el Estado está manejado por Montoneros y hoy el Estado de derecho está en riesgo con la anuencia del Estado y de Magdalena Odarda que hace una resolución violatoria del derecho de defensa de Emilio Friederich (quien denunció la usurpación)”, esgrimió el abogado en sus alegatos y señaló a la titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) como una “funcionaria corrupta” que emitió una resolución de reconocimiento territorial de la comunidad Buenuleo cuando estaba vigente una orden de desalojo por la causa de usurpación.
Pshunder se refirió a la comunidad mapuche como “lobos disfrazados de ovejas” y cuestionó a la querella y la fiscalía por cuestionar la acción directa de los imputados. “Se rasgan las vestiduras por vías de hecho y casualmente la comunidad Buenuleo son los que ingresaron por vías de hecho”. Insistió además que no se puede tipificar el delito como “violación de domicilio” porque la vivienda pertenece a Víctor Sánchez, uno de los acusados.
El defensor también indicó que no se puede acusar a los imputados con el delito de daño a la vivienda al insistir que se trataba de una propiedad del mismo acusado y también rechazó la acusación por robo simple, por la supuesta sustracción de un teléfono celular de una de las mujeres de la comunidad, debido a que fue hallado al día siguiente del hecho a orillas de un río y no había pruebas de quién lo sustrajo.
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