Ira y violencia a pesar de ser la condena más alta de la historia de Neuquén

El padrastro de Franco Alonso recibió 30 años de cárcel, mientras que la madre, 16.

CUTRAL CO (ACC).- Carlos Soñé, el padrastro del chiquito Franco Alonso quien fue brutalmente maltratado y asesinado, quedará en las páginas policiales como el condenado por uno de los hechos más aberrantes de los cometidos en la zona, pero además la persona que recibió la pena más elevada de las dictadas en la provincia.

Soñé fue condenado a 30 años de prisión, mientras que Patricia Alonso -madre del pequeño de tres años y medio-, recibió 16 años de cárcel. Tal como habían pedido anteayer, ninguno de los acusados concurrió a la lectura de sentencia, tal vez por el malestar popular que generó el caso, que a pesar de las elevadas penas, obligó a la policía a lanzar gases ante el malestar de los vecinos que intentaron agredir a los magistrados.

Es que la gente pedía a gritos que ambos acusados sean condenados a perpetua, aunque no habían sido indagados por el homicidio, sino por reiteradas violaciones, torturas y por haberlo abandonado.

A diferencia de las cinco audiencias públicas donde la asistencia de público fue casi nula, ayer la sala de la cooperativa estuvo llena. El presidente del tribunal, Víctor Martínez fue el encargado de leer durante poco más de una hora.

Soñé, el chofer de 28 años que se encontraba desocupado desde hacía meses antes del hecho, estaba acusado de violación agravada, reiterada, violación seguida de muerte, lesiones leves, lesiones graves y abandono de persona. Mientras que contra Alonso pesaban los cargos de violación agravada reiterada y seguida de muerte, lesiones leves y graves, y abandono de persona agravado por el vínculo.

Luego de analizar las pruebas e informes forenses, el tribunal entendió que Soñé fue el autor material de las violaciones y agresiones que sufrió la criatura, mientras vivían juntos en la precaria casa del barrio Parque Industrial, en el período que va desde diciembre de 2001 hasta el 1 de noviembre de 2002.

El hombre, calificado como «psicópata perverso», condición que no lo hace inimputable, castigó en varias oportunidades al niño, lo quemó y lo mordió, al igual que su madre, que en al menos una oportunidad le produjo una mordedura en la nalga, según señala la sentencia. El pequeño fue «accedido carnalmente varias veces», golpeado en la boca, acción que le hizo perder un diente, además de golpes en el abdomen, entre otros vejámenes.

Tanto Soñé como Alonso pusieron a Franco en una situación de «desamparo» total porque no lo llevaron al médico cuando sufría una peritonitis. Los jueces sostuvieron que la pareja intentó ocultar lo que ocurrió aquella noche, porque quedó establecido que desde su muerte hasta que lo llevaron a la guardia del hospital, el niño llevaba tres horas sin vida.

Además, Soñé lo bañó, intentando borrar así cualquier evidencia y luego dijeron que lo había mordido un perro. Los jueces hicieron referencia a las «imágenes espantosas» observadas del estado en que quedó el chico «obra de un perverso, y Soñé lo es», mencionan. Fue Martínez el más contundente al preguntarse «¿qué explicación más allá de la perversidad tienen estas mordeduras?» y luego se hace referencia a la participación de Alonso en «los juegos sexuales del pervertido».

Para Martínez, la defensa que intentó esgrimir Alonso, no es suficiente para no prestarle atención a uno de sus hijos, al declarar que era una mujer golpeada. «Le creo que fue golpeada pero no por eso no debía dejar de atender a su hijo», sostuvo.

Más adelante, la sentencia afirma que «no hicieron nada para procurarle asistencia, sólo una buscapina», cuando el niño padecía vómitos producto de la peritonitis.

Finalmente el tribunal condenó a Soñé con 30 años por el abuso sexual continuado y agravado porque estaba bajo su tutela, por abandono de persona agravado por abandono y muerte, y lesiones leves continuadas.

En cambio, lo absolvió de los cargos de lesiones graves.

El tribunal remitió todos los antecedentes para que se investigue el homicidio del niño.

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