Imputaron por encubrimiento a dos hombres por la muerte de Evelyn Alarcón
Como co-autores de encubrimiento imputaron a dos hombres que viajaban como acompañantes del conductor de la camioneta que embistió y provocó la muerte de Evelyn Alarcón en Regina.
Dos hombres que en la noche del 5 de abril viajaban como acompañantes en la camioneta que atropelló y dio muerte a la cabo de la policía rionegrina Evelyn Alarcón en una calle rural de Villa Regina, fueron imputados por encubrimiento, de acuerdo al pedido formulado por la Fiscalía Descentralizada de esta ciudad.
Por el hecho se encuentra imputado y detenido con prisión preventiva Aldo De Toffol, quien manejaba la camioneta que embistió a la mujer, y que tras el accidente huyó, escondió la camioneta en la zona rural de Chichinales y escapó hacia San Antonio Oeste donde fue detenido por la policía rionegrina.
Los dos hombres, identificados como Daniel Zoratti y Cristian Torres, viajaban como acompañantes de De Toffol, y de acuerdo a la formulación de cargos que realizó el fiscal Juan Carlos Luppi, colaboraron en ocultar el vehículo, además de omitir dar aviso por el siniestro ni tampoco asistir a la víctima.
El juez de Garantías Gastón Pierroni tuvo por formulados los cargos por encubrimiento, aunque los hombres continuarán en libertad dado que no se impuso la prisión preventiva.
En la audencia que se realizó en forma virtual, Luppi en representación del Ministerio Público, sostuvo que ambos hombres “teniendo pleno conocimiento del hecho de tránsito que había ocurrido, en virtud de ir en la camioneta, ayudaron a quien manejaba a ocultar el vehículo involucrado”.
Al pedir la imputación como co-autores de encubrimiento, remarcó que “ambos ayudaron a esconder inicialmente la camioneta en el galpón de una chacra, con el objeto de tener tiempo para planear una coartada y luego la dejaron finalmente en otra propiedad”, y que de esta forma “se impidió que se sepa la ubicación del vehículo, sustrayéndola de la autoridad policial y judicial que buscaba tanto la camioneta como a quién la conducía”.
El planteo del Ministerio Público fue rechazado tanto por la defensa particular como por el defensor penal público; aunque el juez de Garantías, tuvo por formulados los cargos de acuerdo a lo que establecen los artículos 45 y 277 inciso 1) apartado b), en funcion del artículo 84 bis -segundo parrafo – del Código Penal.
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