Identidad y herencia: la insólita pelea del Estado contra una mujer

Alejandra es integrante de una tradicional familia de Roca. Desde hace tres años lucha para que se reconozcan sus derechos como hija adoptiva.

Alejandra cuenta su historia con calma, pero sus tres últimos años no fueron sencillos. Desde marzo del 2015 libra una batalla legal contra el Estado rionegrino, que todavía no termina a pesar de que cuenta con dos fallos judiciales a su favor. Ella defiende su derecho a la identidad y su pertenencia a una de las familias tradicionales de Roca, a la que ingresó cuando era muy chica. Pero advierte que del otro lado los intereses son diferentes.

“Es evidente. Buscan algo más. De otra manera no se explica que no hayan respetado ni siquiera el luto después de la muerte de mi tío. En menos de una semana la Fiscalía de Estado ya había iniciado acciones para que se declare la herencia vacante”, explicó ante “Río Negro” la mujer, que se desempeña como abogada de AFIP en Neuquén.

Alejandra es Alejandra Ester Bichara. Es hija adoptiva de Mafalda, hermana de otros cuatro hombres y mujeres que tuvieron durante décadas una de las farmacias más reconocidas de Roca, en la esquina de Tucumán y Buenos Aires.

De esos cinco hermanos, Eduardo fue el último que falleció. Eso ocurrió el 24 de febrero del 2015. Todos eran solteros y salvo Mafalda, ninguno había tenido hijos, por lo tanto Alejandra aparecía como la única heredera.

Pero ese proceso, que era lógico y de sentido común para ella, se enfrentó rápido con dos obstáculos.

El 3 y el 4 de marzo siguientes -es decir cinco y seis días hábiles después de la muerte de Eduardo- un abogado particular y representantes de la Fiscalía de Estado de la Provincia iniciaron sendos procesos judiciales de sucesión, exigiendo que se declare la herencia vacante. Y para fortalecer su posición, buscaron un dato que aparecía bien atrás en la historia: Alejandra había sido unida a la familia por adopción simple y no plena.

“No debe haber antecedentes de algo similar. El abogado es alguien que me conoce desde chica, porque incluso fui al colegio con su hija. Pero igual decidió presentarse como acreedor. De todas maneras, lo más preocupante es lo que hizo la Fiscalía de Estado. No había pasado una semana y ya estaban en la Justicia, demostrando que tenían mucha información mía y de mi familia”, relata Alejandra.

Ese último dato fue resaltado por su abogada patrocinante, amiga y compañera de trabajo, Gimena Villa. “Las normas vigentes indican que el luto es de 7 días. Antes de eso no puede iniciarse ningún tipo de reclamo, pero no les importó”, indicó.

Dos sentencias

La disputa de Alejandra contra el Estado empezó a dirimirse el 20 de febrero de este año, cuando la jueza civil Andrea De la Iglesia falló a su favor y la declaró heredera única y universal de Eduardo, en representación de Mafalda.

Sin embargo, la Fiscalía de Estado apeló y la causa llegó a la Cámara Civil de Roca, que a principios de junio emitió una sentencia en igual sentido.

Los jueces Gustavo Martínez y Nelson Walter Peña conformaron la mayoría que determinó que “la familia no se define por el ADN sino por el afecto”.

Ese voto mayoritario concluyó que aún aplicando el Código Civil anterior, otros principios del Derecho y normas de jerarquía superior permitían reconocer a Alejandra como heredera. “Hay que hacer hincapié en que la familia, luego de la persona humana, resulta el fin principal del Estado y su protección debe constituirse en interés primordial del ordenamiento jurídico”, sostuvieron.

Los magistrados invocaron normativa internacional de Derechos Humanos y el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que asegura “la protección integral de la familia”. Pero el argumento central lo encontraron en la Constitución de Río Negro, que en su artículo 31 sostiene: “El Estado protege a la familia, como célula base de la sociedad, establecida, organizada y proyectada a través del afecto, facilitando su constitución y el logro de sus fines culturales, sociales y económicos”.

Ese artículo “no deja duda alguna respecto a que el concepto familia no se define por el ADN sino por el afecto, dando plena cabida a la familia actual, en la que la consanguinidad y los certificados ceden, para comprender y hasta privilegiar en ciertos casos las uniones convivenciales, las adopciones sin distingo alguno y otras situaciones”, sostuvo el voto mayoritario.

No conformes con eso, los representantes de Fiscalía de Estado volvieron a presentarse en los tribunales de Roca la semana pasada, para interponer un recurso de casación. Si esa acción es admitida, la próxima palabra la tendrá el STJ.

“¿Qué buscan en realidad? ¿Hay otros casos en los que el Estado esté tan interesado en la herencia de una familia? Todavía no lo podemos entender, pero está en juego mi derecho a la identidad y a la pertenencia a una familia. Por eso estoy dispuesta a seguir adelante”, concluyó Alejandra.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Exit mobile version