Identidad de género: la escuela se adapta
Públicas y privadas deberán modificar sus registros ante situaciones de alumnos que se identifican con un sexo distinto al asignado al nacer, aun cuando no hayan obtenido el nuevo DNI.
Las autoridades de los establecimientos educativos públicos y privados de Neuquén deberán adecuar la documentación de los estudiantes ante situaciones de cambio de identidad, ya sea por cuestiones de género, recuperación de la identidad o reconocimiento de la filiación. Así lo definió el Consejo Provincial de Educación (CPE) a través de una resolución, que alcanza a todos los niveles y modalidades, y que indica cómo será el procedimiento.
Contempla, por ejemplo, el caso de los alumnos trans, que son quienes se identifican con un sexo distinto al asignado al nacer, independientemente de si han realizado o no procedimientos quirúrgicos, tratamientos hormonales u otras modificaciones corporales.
La ley 26743, sancionada en 2012, señala que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género autopercibida y habilita la modificación del nombre de pila en el documento nacional de identidad (DNI) y en la partida de nacimiento.
La resolución 1320 del CPE, aprobada de forma unánime por el cuerpo colegiado e impulsada por la dirección de Diversidad, plantea en sus considerandos que “corresponde establecer las condiciones de gestión para garantizar el respeto a las opciones de género que realicen los estudiantes del sistema educativo” e incluye también las situaciones de recuperación de la identidad y de reconocimiento de la filiación.
El protocolo fijado permite adecuar la documentación educativa, título, certificados analítico, registro, citación, legajo, llamado, de los estudiantes que hayan hecho el cambio en el DNI o a quienes no lo hicieron (ver aparte).
Lo fundamenta en la ley Orgánica 2945 de Educación de la provincia es que sostiene como fin de la política educativa el de “garantizar la educación integral, la educación inclusiva, asegurar las condiciones de igualdad respetando las diferencias entre las personas, sin discriminaciones ni de género ni de ningún otro tipo, garantizar en el ámbito educativo el respeto a los derechos de niñas, niños y adolescentes establecidos en la legislación vigente.”
“Es maravilloso porque son herramientas, son elementos que favorecen obviamente al bienestar y al transitar, no sólo de las niñas y niños trans sino también de los papás y de toda la familia. Es más que bienvenida la resolución porque además, no es nuestro caso, pero sabemos que hay escuelas que tienen dificultades con respecto a los registros. En nuestra escuela la transición de Cami fue un proceso natural y fluido”, afirmó Paola, madre de una niña trans de 10 años que ya hizo la modificación registral y aguarda hace tres meses su nuevo documento.
Agregó que para los chicos no sólo es valioso el uso del nombre autopercibido, sino también el reconocimiento pleno de su identidad. Explicó: “para una niña trans poder ir al grupo de gimnasia deportiva que le corresponde es maravilloso, lo mismo que el uso del baño”.
Lo que dice el protocolo
Cuando la persona realice el cambio en el documento nacional de identidad y esté interesada en modificar sus registros o documentos educativos, tales como título o certificado analítico, deberá solicitarlo por escrito ante las autoridades del establecimiento que lo haya expedido o del Consejo Provincial de Educación
En el caso de reconocimiento de identidad de género a personas que no hayan realizado el cambio del DNI deberá respetarse el nombre de pila que utilicen. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el DNI se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento, y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género, a solicitud del interesado
Cuando se trate de personas menores de 18 años de edad se citará a los padres o representantes legales a fin de ser informados del requerimiento del niño, niña, adolescente. En caso de imposibilidad de obtener el consentimiento de alguno de los representantes legales se resolverá “teniendo en cuenta el principio de capacidad progresiva del menor.”
Datos
- 173.648
- es la matrícula del sistema educativo provincial, según informó el gobierno neuquino en su Plan Quinquenal. Alcanza a los niveles inicial, primario, secundario y superior.
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