Habilitan al ginecólogo condenado Rodríguez Lastra a trabajar en Entre Ríos

Desde octubre está radicado en Gualeguaychú y es empleado en una clínica privada. Su condena en Río Negro por haber impedido un aborto legal aún no está firme y lo inhabilitaba a desempeñar cargos públicos.

El ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, condenado por la Justicia de Río Negro por haber entorpecido un aborto legal en el hospital de Cipolletti, fue habilitado por el ministerio de Salud de Entre Ríos para ejercer su profesión en esa provincia. El fallo rionegrino aún no está firme y además lo había inhabilitado a ejercer cargos públicos, no en el ámbito privado.

«La matrícula N° 12.642 le fue otorgada a Rodríguez Lastra por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la Provincia con vigencia desde el 1° de septiembre de 2020 y hasta el año 2025«, informó el sitio Entre Ríos Ahora.

Según la investigación periodística, Rodríguez Lastra se radicó en Entre Ríos para ejercer la medicina y cuenta con una habilitación de la cartera sanitaria de esa provincia para poder hacerlo. Desde octubre comenzó a desempeñarse en un sanatorio privado de Gualeguaychú y hasta ha acompañado intervenciones en quirófano.

También se confirmó que el profesional presentó un pedido de afiliación al Colegio Médico Gualeguaychú y que la institución por el momento no se pronunció. La matrícula provincial que gestionó ante el Ministerio de Salud entrerriano le permite ejercer, librar facturas de manera privada y facturarle a la obra social provincial. Pero para poder trabajar con otras obras sociales necesita ser integrante del órgano colegiado.

En 2019, Rodríguez Lastra fue condenado en Río Negro a “dos años y cuatro meses de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos” y “a un año y dos meses de prisión en suspenso” tras haber sido encontrado culpable por impedir la práctica un aborto legal en curso y obligar a gestar y parir a una joven de 19 años, víctima de una violación.

La defensa apeló esta sentencia de la primera instancia y en marzo de este año, el Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó, por mayoría, la condena contra el médico.

El voto de la mayoría destacó que «una mujer embarazada a consecuencia de una violación, tiene el derecho a acceder a la práctica médica de un aborto no punible en dependencias de la salud pública y el acusado obstruyó ese proceso». También señaló que «el médico imputado no respetó la autonomía personal de la mujer en el ejercicio de su profesión médica como empleado del hospital público de la provincia» y que «el ginecólogo Rodríguez Lastra debió acompañar el proceso abortivo iniciado» por la joven.

Esta sentencia fue nuevamente apelada por la defensa. La causa pasó al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro para que se expida al respecto por lo que el fallo aún no está firme. La condena restringe su actividad en el ámbito público pero no en el privado.

Si el fallo quede firme, Rodríguez Lastra deberá cumplir con reglas de conducta fijadas mediante un acuerdo en la instancia previa. El médico deberá hacer cursos sobre consentimiento informado, sobre protocolo de interrupción legal del embarazo y capacitación para obtener perspectiva de género en el trabajo de salud.

Pese a su condena por incumplimiento de los deberes de funcionario público Rodríguez Lastra se había anotado como candidato a diputado nacional en los comicios electorales de octubre del año pasado. Figuraba en tercer lugar de la lista del Partido Demócrata Cristiano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se dedicaba a dar charlas para organizaciones en contra del derecho a decidir de las mujeres.


Los hechos


El 2 de abril de 2017 Rodríguez Lastra estaba en la guardia del hospital de Cipolletti y recibió a una paciente víctima de violación con un aborto en curso. Contra su voluntad, le suministró medicación para revertir el aborto. La joven fue obligada a continuar el embarazo hasta su terminación y dio el niño en adopción.

El 4 de octubre de 2019 el ginecólogo fue condenado tras un largo juicio por el juez Álvaro Meynet, tras la acusación del fiscal jefe Santiago Márquez Gauna y la asistente Annabela Camporesi.

El 11 de marzo de 2020 el Tribunal de Impugnación de Río Negro ratificó la condena, por mayoría. Los jueces dijeron que en el caso debe aplicarse la perspectiva de género, mientras que el defensor afirmó que es un fallo «ideológico».

El 15 de agosto de 2020 se acordaron las reglas de conducta que Rodríguez Lastra deberá cumplir en caso de que el fallo quede firme. Se fijó mediante un acuerdo homologado por el juez de Garantías Julio Sueldo. La defensa empezaba a trabajar en el recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. En varias oportunidades se manifestó dispuesta a llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


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