Gutiérrez recomendó el uso de barbijos para salir a la calle
El gobernador firmó hoy el decreto 463, que incluye la utilización de los protectores de fabricación casera. El uso es obligatorio para quienes por razones de fuerza mayor no puedan mantener el distanciamiento social. Dispuso medidas para evitar el desabastecimiento.
El gobernador Omar Gutiérrez firmó hoy el decreto 463, mediante el cual ratifica la continuidad de la obligatoriedad del aislamiento social preventivo y recomienda que toda persona que deba salir a la calle por razones de fuerza mayor, utilice barbijos. Incluye los de fabricación casera, y establece que los protectores faciales profesionales solo quedan a disposición de agentes de la salud, policía y todo aquel que por su tarea no puede mantener el distanciamiento social.
«Recomiéndase el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, a las personas que circulen en la vía pública para realizar aquellos desplazamientos mínimos e indispensables autorizados en los decretos provinciales 390 y 412, y a las personas que circulen en el marco de los supuestos comprendidos en las excepciones establecidas en el artículo 6 del decreto nacional 297, de necesidad y urgencia», dice el artículo segundo de la norma.
La medida de prevención más efectiva para desacelerar la propagación y evitar posibles contagios de coronavirus, es el aislamiento social, esencial y obligatorio».
Omar Gutiérrez, gobernador de la provincia de Neuquén
La obligatoriedad de su uso está solo orientado al personal de salud, distribuidores de alimentos, policía y para «los que no puedan mantener el distanciamiento social por razones de fuerza mayor».
El decreto aclara que el uso de barbijos profesionales, tricapa de tela antibacterial hidrorepelente, con o sin filtro respirador estarán exclusivamete reservados para el personal de salud, seguridad y defensa civil. Además dispone medidas para evitar que la población se vuelque masivamente a la calle a comprar los barbijos y se produzca el desabastecimiento.
Dispone que «a los fines de asegurar la provisión del tipo de barbijos en sus distintos tipos para uso de los sectores asistenciales críticos, aquellos fabricantes y distribuidores de la provincia de Neuquén, solo podrán comercializarlos y distribuirlos por fuera del requerimiento que efectúe el sector público, una vez satisfecha esa demanda esencial».
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