Guardaparques

Carta de Lector

Por Carta de lector

En relación al procesamiento dispuesto por la Cámara de Apelaciones de General Roca a cuatro guardaparques y a los concesionarios del camping Lolen, ubicado en el área del Parque Nacional Lanín, en San Martín de los Andes, considero ajustado a derecho dicho procesamiento.

Recordar que el 1 de enero de 2016, la caída de un árbol de gran porte le costó la vida a dos niños de cuatro y ocho años que jugaban a la orilla del lago con su familia. Dos días antes del luctuoso hecho estuve en ese camping y pude observar a simple vista las raíces desnudas de los árboles que apenas lo sostenían, en gran cantidad ubicados alrededor de la playa del lago; también que muchos estaban viejos y podridos. Tras estas muertes se permitieron cortarlos.

Recordar al señor presidente de Parques Nacionales, Lautaro Errathu, que dicho camping fue concesionado por Parques al particular; que para ingresar al mismo se paga entrada, que a los particulares en zona de Parques no se nos permite cortar ni una flor, mucho menos talar los mismos, de allí que no puede usted hablar que se trató de un accidente de un caso fortuito o fuerza mayor (ej: rayo). Acá se trató de una conducta desaprensiva por los funcionarios públicos a su cargo, encargados del control del arbolado, pues cuando se ingresa como ciudadano se va con plena confianza que dicho control se efectuó, de lo contrario nunca podrían haber habilitado este sitio.

Reconozcan que falló la prevención, pues de haberlo hecho ustedes hubieran alertado el riesgo para la vida que esos árboles significaban. Si usted se solidariza como dice con la familia, actúe en consecuencia y no aborde este tema con espíritu de cuerpo y de manera tan simplista, pues sus argumentos ofenden la inteligencia. Si es inmanejable el área a su cargo exhiba el reclamo administrativo por el cual solicita mayor cantidad de personal.

No se ejerce contralor alguno sobre los sectores del Parque de mayor aglomeración humana, que son los mínimos. Es muy desafortunado que usted ponga en la cabeza de los visitantes la función de cuidado, pues los guardaparques son funcionarios públicos que deben recorrer el área permanentemente y, como tales, son responsables de sus acciones y deben rendir cuentas de sus actos.

Alicia Martínez

DNI 14.712.012

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