Grasas trans: presentan propuesta para mejorar la regulación
Si bien Argentina fue pionera, hoy nuestra normativa está desactualizada respecto a las recomendaciones de los organismos internacionales.
Por Victoria Tiscornia, nutricionista e investigadora de la Fundación Interamericana del Corazón Argentina (FIC Argentina).
Los ácidos grasos trans industriales (AGT-PI) están presentes en una gran cantidad de alimentos procesados como productos de repostería, galletitas y productos de copetín. Estas grasas son elaboradas por la industria alimentaria mediante un proceso de «hidrogenación», el cual transforma los aceites vegetales líquidos en grasas semisólidas. Así se generan los aceites parcialmente hidrogenados (APH) que aumentan la solidez y estabilidad de las grasas.
Argentina debe fortalecer la normativa que regula el contenido de estas grasas en los alimentos. ¿Por qué? Porque un amplio conjunto de evidencia demostró que el aumento del consumo de los AGT-PI tiene consecuencias graves para la salud. Estas grasas no son esenciales ni se requieren para ninguna función biológica en el organismo. Por este motivo, diversos países avanzaron en regulaciones que buscan eliminar los AGT-PI de los alimentos, demostrando la viabilidad tecnológica para hacerlo.
Si bien Argentina fue pionera en la regulación de grasas trans hoy nuestra normativa está desactualizada respecto a las recomendaciones de los organismos internacionales. Tanto el paquete de medidas REPLACE (2018) de la OMS, como el «Plan de acción para eliminar los ácidos grasos trans de producción industrial 2020-2025», recomiendan adoptar marcos regulatorios para eliminar o reducir el contenido de ácidos grasos trans a un máximo del 2% del contenido total de grasas en todos los productos alimenticios. Además, señalan que si se acompaña esta recomendación con una prohibición de los APH, puede tener un efecto agregado.
En este marco junto a distintas organizaciones presentamos una propuesta ante la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) para modificar el artículo 155 tris del Código Alimentario Argentino. Actualmente este artículo establece que: «el contenido de ácidos grasos trans de producción industrial en los alimentos no debe ser mayor a: 2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas destinadas al consumo directo y 5% del total de grasas en el resto de los alimentos, incluidos aquellos que son utilizados como ingredientes y materias primas». Nuestra propuesta es que se establezca un límite máximo del contenido de ácidos grasos trans (AGT) de producción industrial del 2% respecto a las grasas totales en todos los productos, incluidos aquellos que son utilizados como ingredientes y/o materias primas, y prohibir asimismo el uso del aceite parcialmente hidrogenado.
Esta propuesta fue presentada a principios de septiembre por FUNDEPS, FAGRAN, Consumidores Argentinos, SANAR y FIC Argentina. Es una propuesta superadora de la ley actual para garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada, en base a los mejores estándares internacionales de salud pública y la evidencia científica libre de conflicto de interés. Si bien no hemos obtenido respuesta oficial, esperamos que la solicitud sea tratada en la próxima reunión de la CONAL, la cual debería ocurrir entre los meses de noviembre y diciembre.
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