Fuerte crítica al proyecto para suspender los juicios por jurados

La Asociación Argentina dijo que en ninguna parte del mundo se tomó una medida similar. Afirmó que sería un "retroceso" y la calificó de "inconstitucional".

«El proyecto de ley que pretende suspender los juicios por jurados por el desproporcionado plazo de un año, viola el derecho de los ciudadanos -acusados y víctimas– de ser juzgados por sus pares, implicando un retroceso inadmisible en sus derechos (…) Neuquén ya ha realizado más de 50 juicios por jurados, por lo cual es constitucionalmente imposible
suspenderlos y realizarlos con jueces técnicos. La experiencia de la provincia ha sido inspiradora y formidable para el mundo entero, al punto que es la primera en realizar investigaciones empíricas con prestigiosas universidades internacionales».

Así se expresó hoy la Asociación Argentina de Juicios por Jurados, al tomar conocimiento de la iniciativa del diputado Mariano Mansilla en Neuquén. El proyecto es idéntico al que se presentó en la provincia Río Negro.

Héctor Granillo Fernández y Andrés Harfuch, presidente y vice de la AAJJ, dijeron que «a nadie se le ha ocurrido, bajo la excusa del coronavirus, en los Estados Unidos, Inglaterra, Puerto Rico o el lugar que sea, derogar los juicios por jurados y forzar a sus ciudadanos a ser juzgados por jueces técnicos. Existen modos de compatibilizar la vigencia plena de la Constitución y sus instituciones y los efectos de la pandemia».

«La suspensión inconstitucional por una ley local de los juicios por jurados
por un año sería un caso único en nuestro país y en el mundo entero», reafirmaron.

Indicaron además que «en caso de ser aprobado el proyecto, cualquier juzgamiento de una persona a la que le hubiera sido negado su derecho de ser juzgado por sus pares podría ser impugnado por la flagrante violación a sus garantías constitucionales. Esto significa que la sentencia sería anulada, en última instancia, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien ya se expidió al respecto en el citado fallo “Canales”. De ese modo, se violaría no sólo el derecho del imputado, sino que también se afectaría el derecho de las víctimas a la tutela judicial».


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