Fuentealba II: el TSJ dejó sin efecto los sobreseimientos y la causa sigue vigente
La sala penal consideró que no venció el plazo de la investigación, que pone sobre la lupa el accionar de los exfuncionarios y policías que participaron del operativo represivo, en el que fue asesinado el docente en 2007.
La sala penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ)- integrada por los vocales Oscar Massei y Evaldo Moya– resolvió dejar sin efecto los sobreseimientos que se habían dictado en la causa conocida como «Fuentealba II».
De esta manera la investigación sigue abierta. Los jueces aclararon que debe ceñirse a quienes fueron imputados, y no puede extenderse “el objeto procesal hacia otra persona”, en clara referencia a la pretensión de incluir en la acusación al exgobernador, Jorge Sobisch.
Fuentealba fue asesinado el 4 de abril de 2007 durante una protesta del sindicato docente ATEN, que se desarrolló sobre la Ruta 22, a la altura de Arroyito. En aquel momento gobernaba Sobisch.
El cabo José Darío Poblete fue juzgado por disparar con su pistola lanzagases contra el auto en el que iban varios maestros, entre ellos la víctima fatal. Lo condenaron a prisión perpetua como autor de homicidio calificado. La sentencia se ratificó en todas las instancias.
El 10 de julio de 2007 imputaron a exfuncionarios y policías por su actuación en el operativo represivo. Esa causa se la llamó «Fuentealba II». Tras dos años de la puesta en marcha del Código Procesal Penal, de corte acusatorio, el 7 de septiembre de 2016 los vocales Soledad Gennari y Alfredo Elosú Larumbe declararon extinguida la acción penal y sobreseyeron a los 15 acusados. Lo hicieron a pedido de las defensas y de la fiscalía.
La querella, que representa a la compañera del docente, Sandra Rodríguez, apeló ante la Corte Suprema de Justicia. El máximo tribunal del país ordenó, el 7 de marzo pasado, dictar una nueva sentencia en el caso.
La interpretación que hizo la sala penal, con esta nueva composición, es que “corresponde mantener en vigencia la acción penal.” Para que no haya “futuras dilaciones en el legajo” los magistrados plantearon una serie de consideraciones.
Massei sostuvo que “se deben respetar los actos válidamente cumplidos con el sistema procesal anterior.” Indicó que las partes tienen que “procurar una debida diligencia” y evitar “lapsos prolongados de inactividad.”
Todas las controversias que se generen a partir del reencauzamiento deberán definirse, ahora, en una audiencia ante un juez o jueza de Garantías. La histórica pretensión de la querella fue llevar el caso a juicio oral e incluir en la acusación al exmandatario y actual candidato a intendente por el Partido Demócrata Cristiano.
El TSJ fue claro en este punto. Dijo Moya: “Desde este plano es evidente que toda actividad que tienda a determinar las responsabilidades de este legajo estará concentrada, exclusivamente, respecto de las personas oportunamente indagadas y a cuyo respecto se clausuró la investigación; pues la pretensión de extender su objeto procesal hacia otra persona ajena a esa relación procesal ya tuvo la pertinente respuesta judicial y ha quedado firme.”
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