Fallo de Casación: nunca nadie dijo que los hechos no son ciertos
Un viento huracanado empuja al barco de la república. El puerto está claramente señalado en la carta marina de quien parece ser su único capitán. Las huellas que quedaron sobre las tropelías que desangraron las arcas del estado, deben ser borradas a como de lugar.
Quitarle la inamovilidad a los jueces; designar en juzgados claves a quienes han acreditado obedecer los deseos del “ soberano”; dar por tierra con la independencia del Ministerio Público Fiscal, dejando en manos de la política su designación y su derrocamiento; vencer las voluntades legislativas con el arbitrario látigo del reparto discrecional de los fondos que necesitan para que no ardan sus provincias; todo es igual, nada importa. Las instituciones son marionetas que se mueven conforme las necesidades de defender la libertad propia y la de la banda señalada en la matriz de corrupción que tímida y costosamente pudo dibujarse.
La consigna es: “Todos contra las pruebas reunidas”. No solo de los defensores de los imputados, sino los poderes del estado disciplinados para que destruyan los indicios de los delitos cometidos. Se dictó una ley para ocultar los delitos en Ciccone. Se dictarán las necesarias para destruir las pruebas de los cientos de delitos investigados.
Se tacha de inconstitucional la ley mal llamada del “arrepentido”. Se afirma que viola la prohibición de autoincriminación forzada, de igualdad ante la ley, de aplicación retroactiva de la misma. Se cuestiona al Estado por “aliarse” con corruptos, denominando así a quienes fueron sus socios, sus funcionarios o sus contadores.
Pretenden olvidar que las declaraciones son tan solo una más de las múltiples pruebas reunidas. Sus dichos son lo que más los agravia, porque provienen de las personas que fueron de su confianza y trasparentan tan claramente los mecanismos corruptos que cualquiera puede comprenderlos. Saben que aunque cayeran los testimonios, las pruebas son contundentes. Insisten en destruir cada peldaño que conduce a lo ocurrido, porque la impunidad por el latrocinio merece cada esfuerzo.
Los imputados colaboradores decidieron de manera voluntaria, con el asesoramiento permanente de sus defensores, ingresar en ese régimen normativo que tiene obligaciones y consecuencias. Si la prueba certifica que dijo la verdad podrá disminuirse la pena ; si ha mentido maliciosamente recibirá sanciones. La colaboración voluntaria no sólo requiere el asesoramiento permanente del letrado de confianza, sino el cumplimiento de los controles y especialmente la corroboración de sus dichos por prueba objetiva.
El acogimiento es voluntario. No hay amenaza de mayor sanción para quien no se acoje. Es una estrategia más del derecho de defensa. Promete premio pero no asusta con un castigo.
Se agravian los recurrentes que sus delatores puedan ser condenados por mentir. Los “delatados” se preocupan y denuncian los supuestos derechos restringidos de sus “delatores”; de esos delatores que ni siquiera luego del cambio de gobierno denunciaron esos “agravios”.
Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo, pero a nadie se le prohibe hacerlo. Todos los imputados tuvieron la posibilidad de “arrepentirse”. Existe igualdad de oportunidades. Pretenden que quienes estaban menos implicados no tenían nada para aportar, afirmando que es una desigualdad manifiesta. La respuesta judicial fue que es la razonabilidad de las pautas legisladas para crear categorías o clasificaciones lo que pueden valorar y en todo caso, el menos implicado sólo responderá por lo poco que hizo. El imputado y su defensa evalúa el costo-beneficio del acuerdo de colaboración. Seguramente hoy lo valorarían diferentes pero no por la ley, sino porque fueron abandonados y viven bajo amenaza expresa o tácita, pero lejos de invalidar la ley esto cuestiona a los funcionarios que deben colaborar con el programa.
La verdad no se puede investigar de cualquier manera, pero pretenden que no se la investigue de ninguna manera.
No existe violación al derecho de defensa, el imputado es informado sobre los hechos que se le enrostran, tiene a su defensor presente y en pleno ejercicio de sus derechos decide declarar y aportar información útil para la investigación. Se pretende que no hay filmaciones porque había presiones, tratando de ignorar la finalidad del registro que es poder evaluar posteriormente lo que dijeron y las actas labradas permiten hacerlo y controlar la prueba. El registro es correcto e idóneo para lo que fue regulado, no existe niguna prueba de lo que en forma genérica acusan.
Las declaraciones son una prueba puede más, las confesiones no constituyen el fundamento dirimente de las resoluciones que permitieron el avance del proceso. La moral de la amistad fue vencida, afirman, imponiéndose la moral pública. Romper esa “omertá” no es sencillo porque aunque no estemos en Sicilia el “buchón” es despreciado en nuestros barrios.
Denuncian que se trata de una extorsión procesal legalizada porque se negocia con algunos imputados las consecuencias de sus actos delictivos. Mientras los supuestos extorsionados escuchan el debate en silencio. La privación de libertad durante el proceso debe ser la consecuencia de una valoración de los riesgos procesales. La obstrucción de la investigación es determinante. Se valoró que quienes aportaban datos y pruebas sobre la forma en la que ocurrieron los hechos no obstaculizarían en forma simultánea la prueba que lo acreditara. Podrá decirse que no es acertado pero nunca que es inconstitucional o extorsivo.
Es una ley utilitaria que pretende usar ese mecanismo en aquellos delitos cuya prueba es difícil o imposible de producir y esto es cierto. Es por eso que la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción propicia métodos que ayuden a facilitar esa prueba arisca a los métodos tradicionales.
La ley no me gusta. Es cierto que hace ruido ético pero, sin duda, la bulla es mucho menor que la que ocasiona la falta de ética de quienes utilizan al estado para cerrar las puertas de los registros donde se albergan las pruebas de sus delitos; menor que utilizar el poder para cambiar las reglas para lograr la impunidad; infinitamente menor que desarticular las instituciones para lograr los fines egoístas de algunos funcionarios u ocultar el agravio a las arcas públicas. Existe tensión, pero afirmar que la corrupción mata no es una frase, pueden decirlo las víctimas de Once que cometiendo el pecado de ir a trabajar encontraron la muerte y no recibieron siquiera el consuelo de un pésame estatal.
El voto mayoritario afirma que la valoración ética que realizó el legislador debe quedar al margen de la justicia. Esa ética que es manoseada por quienes aceptan sin pudor todo lo que los beneficia, aunque no se corresponda con las normas reiteradamente invocadas por los quejosos que no cuestionan que el presidente intente inmiscuirse en otro poder cuando realiza afirmaciones en relación a temas que debe decidir la justicia.
Los términos nuevamente vuelven a ser vaciados de contenido para acomodarlos a la finalidad perseguida. Afirman que es “retroactiva” una ley que se refiere a hechos posteriores a su sanción porque quienes colaboran se refieren a hechos ocurridos antes. “No es retroactiva” la decisión del Consejo de la Magistratura que cuestiona los traslados de los jueces pese a que los invalidó empleando criterios que no estaban vigentes al momento en que fueron realizados y lo hizo apartándose de lo decidido por la Corte. La única premisa válida es que las palabras resulten útiles para procurar la impunidad.
El voto del Dr. Barroetaveña resulta oxigenante para las instituciones que se encuentran hoy en terapia intensiva. Nos habla del respeto a la división de poderes, nos dice que la Constitución no avala que un poder actúe destruyendo las funciones del otro. Que los fines del estado exigen armonía entre las acciones de quienes los ejercen. Nos recuerda que los jueces no deben decidir acerca de la conveniencia, el mérito o la oportunidad de una ley ; sólo deben hacerlo acerca de si respetan las normas constitucionales o violan derechos o garantías. La finalidad del legislador de dotar al sistema de enjuiciamiento penal de herramientas para lograr éxito en la investigación, especialmente en el delito de corrupción, responde al compromiso internacionalmente asumido por nuestro país. Esa convención también tiene raigambre constitucional.
No investigaron los delitos pero intentan hacerlo con las fuentes de los periodistas que ayudaron a descubrirlos. Resulta más relevante quién tuvo los cuadernos antes de ser presentados a la justicia que el contenido de sus notas. No importa si lo que dice es cierto, sí saber porque los originales hoy están en copia. Quien lo escribió dice que es de su autoría pero quieren pericia caligráfica. Quien investigó al poder se convierte en el blanco móvil de ataques a su honorabilidad y a su trabajo arrastrando junto con su tranquilidad el derecho del pueblo a informarse.
El poder da fueros pero necesitan más que eso, exigen que se garantice su impunidad. El fallo de Casación no lo hizo, actúo como el buque Carpathia para los náufragos del Titanic socorriendo con sus frases la esperanza ciudadana.
La verdad no se puede investigar de cualquier manera, pero lo que pretenden es que no se la investigue de ninguna manera. Esa verdad puede ayudarnos a contestar por qué existe tanta pobreza, por qué no se avanzó en la imprescindible infraestructura y por qué se “evaporaron” los dineros públicos pagando obras que siguen sin hacerse.
Sin la “valentía” para indultar, negándose a decir que “como soy el presidente perdono a mi socia por los delitos cometidos”, deciden un perdón oblicuo que se lleva por delante instituciones. Intentando declarar inconstitucional una ley pese a no desconocer que con la “ñata” pegada a las rejas, los narcotraficantes condenados esperaban su avance para beneficiarse y conseguir la llave que les permita volver a las rutas a distribuir sus mercancías. No procuran armonizar las reglas sino destruir todo lo que permita acreditar lo ocurrido.
No alcanzó con apropiarse de los recursos públicos hoy necesitan apropiarse de la verdad. La actual Vicepresidenta dijo: “no tengo pruebas pero no tengo dudas” y ahora pretende crear dudas en aquellos que tienen pruebas. Requieren el cumplimiento flexible de las leyes de fondo (por no decir su incumplimiento), y al mismo tiempo, la aplicación rígida de las que ordenan la investigación.
Las razones de los funcionarios disfrazadas de razones de estado requieren terminar con las causas que desnudan lo ocurrido. No interesa cuánto haya que destruir en el intento. Los Jueces de Casación debieron desoír la presión de las palabras presidenciales indicando públicamente lo que debían resolver. No permitieron que quienes no pueden voltear las pruebas lograran voltear la ley. Como no pueden seguir ocultando la que hicieron, se empeñan en acusar a los que reunieron los elementos para armar el rompecabezas delictivo. Los ciudadanos agradecemos a quienes pueden resitir esos embates.
Tanta tinta, tanto ataque a la estructura probatoria, pero nunca nadie dijo que los hechos no son ciertos.
* Abogada, especialista en Derecho Penal y Derecho Penal Económico
(Publicado en Visión Federal – visionfederal.com)
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