Enmienda a la Carta Orgánica: «la cuestión quedó resuelta con el pronunciamiento popular»
Ese es uno de los argumentos centrales que dio el municipio de Neuquén cuando contestó la demanda. La fiscalía de Estado también se pronunció. Gerez está en condiciones de dictaminar.
Para el municipio de Neuquén la constitucionalidad de la ordenanza 14.205, que estableció la enmienda a la Carta Orgánica de la ciudad, y del decreto que la promulgó, no es tema de debate después de que la ciudadanía le dio su aval en las elecciones del 24 de octubre pasado. Ahora es el turno de que dictamine el fiscal general, José Gerez, antes de que defina el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
El TSJ y su tradición de no incomodar al poder
Rodolfo Laffitte, exconvencional constituyente del MPN, cuestionó en una presentación judicial la enmienda aprobada por el Concejo Deliberante el 3 de junio de 2021, que promovió su propio partido, y que entre otros puntos eliminó las elecciones de medio término, para que la renovación del cuerpo deje de ser cada dos años y pase a cuatro, en simultáneo con la de intendente, y redujo la duración de los mandatos de la Defensoría del Pueblo y de la Sindicatura Municipal.
La pretensión de frenar el referéndum, a través de una medida cautelar, no se logró, y el eje del caso pasó a la cuestión de fondo: analizar el contenido de la ordenanza y evaluar su constitucionalidad, incluso ya con el escrutinio definitivo.
El 3 de diciembre el municipio contestó la demanda. Lo hizo a través del abogado Hugo Prieto. En su escrito enfatizó en los resultados de las elecciones y afirmó: «La cuestión quedó resuelta con el pronunciamiento popular, contra el que no puede ir un pronunciamiento judicial, aun como tribunal constitucional, porque por principio el rol de ese TSJ es asegurar el cumplimiento de la constitución y cartas orgánicas, no juzgar acerca de ellas.»
Según los datos publicados por la Junta Electoral provincial, de los 146.886 votos válidos el 65,88% fueron por el «SÍ» a la enmienda (96.767) y el 34,12% por el «NO» (50.119).
El abogado planteó: «el pueblo de la ciudad de Neuquén ya aprobó —por una mayoría contundente— la enmienda constitucional realizada por sus representantes, y la improbable sentencia admisoria de la acción intentada afectaría gravemente el proceso democrático que, precisamente, ese Tribunal Superior de Justicia debe preservar controlando la constitucionalidad de los procedimientos que prevén los textos constitucionales (municipales y provincial), pero jamás sustituyendo la decisión política constituyente del pueblo, ejercida directamente o a través de sus representantes.»
Prieto fue diputado nacional por la Concertación (radicales que apoyaban el gobierno kirchnerista) desde 2007 a 2011. También convencional constituyente, y de hecho su modelo de Consejo de la Magistratura fue el que se adoptó en la reforma de 2006. Intentó defenderlo cuando la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la provincia criticó la facultad de evaluación que se le otorgó al Consejo, pero el TSJ no le dio la razón. Habrá que ver si esta vez tiene mejor suerte.
La fiscalía de Estado respondió el 22 de diciembre. Insistió en el carácter «restrictivo» de una declaración de inconstitucionalidad y dijo: «en el mínimo caso de duda, deben declararse válidos los actos de los Poderes Legislativo y Ejecutivo.»
Los plazos se encuentran suspendidos por la feria judicial. Cuando Gerez retorne del receso y opine, la causa pasará al TSJ. Si el gobernador Omar Gutiérrez cumple con su palabra y nomina al quinto o a la quinta vocal en marzo, tal vez le toque intervenir en esta causa.
El dato
- 96.767
- votos respaldaron la enmienda a la Carta Orgánica municipal de la ciudad de Neuquén.
Comentarios