Presupuesto 2024: Massa incluyó la creación de una empresa para operar las hidroeléctricas 

El ministro de Economía, Sergio Massa, quiere crear la empresa Energías Hidroeléctricas S.A.U., para operar las represas. El vencimiento de las primeras concesiones se postergó para diciembre.

Las represas se hicieron cargo, en promedio, del 24% de la oferta de energía eléctrica en lo que va del año. (Foto: archivo Matías Subat)

El ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa, incluyó en el Presupuesto 2024 la creación de una empresa nacional que se encargará de operar las centrales hidroeléctricas del país, una vez que caduquen las concesiones. Se trata de Energías Hidroeléctricas S.A.U., y, si bien ya se conocía la intención del oficialismo desde abril, ahora quedó confirmada.  

«La administración, operación y explotación de cada uno de los aprovechamientos hidroeléctricos otorgados oportunamente en concesión será sumida por Energías Hidroeléctricas S.A.U., dependiente de Energía Argentina (Enarsa, exIeasa)», dice el Artículo 78 del Presupuesto. 

En julio, a través de la Resolución 574/23, que lleva la firma de la secretaria de Energía, Flavia Royon, el Gobierno postergó el fin de las concesiones de las represas El Chocón – Arroyito que opera Enel; Alicurá que tiene concesionada AES Argentina, y el Complejo Cerros Colorados en manos de Orazul Energy, hasta diciembre. Inicialmente vencían en agosto.  

La creación de la empresa nacional se da con el objetivo de «asegurar la plena operatividad de las centrales, la continuidad de los servicios, el correcto funcionamiento de las instalaciones, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades por las obligaciones asumidas por los actuales concesionarios», dice el artículo citado. 

Enarsa podrá comercializar la energía eléctrica producida por las centrales, conforme a la Ley N°. 24.065″.

Artículo 78 del Presupuesto 2024.

Según se detalla en el proyecto, Enarsa podrá comercializar la energía eléctrica producida por las centrales, conforme a la Ley N°. 24.065 (Régimen de la Energía Eléctrica), sus normas complementarias y reglamentarias, «sin las limitaciones del artículo 37 de dicha ley». 

Por su parte, Energías Hidroeléctricas tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Podrá «ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes Nros. 15.336 (Energía Eléctrica), 23.696 (Reforma del Estado) y 24.065, su Estatuto y toda la norma que le sea expresamente aplicable, incluida la transferencia de personal y contratos relacionados con dichas centrales».  

También contempla la realización de actividades complementarias que resulten necesarias como estudios, proyectos, construcciones, renovaciones y ampliaciones de los bienes revertidos al Estado Nacional.  


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