Offshore: levantaron la cautelar para la exploración del Mar Argentino pero fijaron condiciones
Uno de los términos refiere a incorporar más observadores permanentes que tendrán la capacidad de frenar la operación si reconocen algún evento que pueda dañar el medio ambiente. A su vez, la exploración deberá estar lejos del "Agujero Azul".
Los jueces de la Cámara Federal de Mar del Plata decidieron dejar sin efecto la medida cautelar para continuar con las tareas de exploración del recurso hidrocarburífero en el Mar Argentino. Sin embargo, «se establecerán ciertas condiciones en el desarrollo y ejecución del proyecto, que consideramos
esenciales para el debido cuidado del medio ambiente», remarcaron.
La exploración offshore en Mar del Plata había quedado en suspenso debido a que organizaciones ambientales y representantes políticos habían solicitado una medida cautelar. Esta requería dictar una nueva declaración de impacto ambiental para continuar operando.
Los jueces Walter David Pelle, Alejandro Osvaldo Tazza y Eduardo Pablo Jimenez dictaron retirar la cautelar pero ordenaron nuevas condiciones para la exploración. Por un lado, «deberán incluirse, como Observadores Permanentes, a miembros de Pampa Azul, quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca y por la tutela del Agujero Azul», marcaron.
Además, podrá «denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades en caso de darse tales supuestos», indicaron.
Por otra parte, «las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros del Agujero Azul«. Este sector es caracterizado por contar con sistemas bentónicos, que proveen «alimento, refugio, áreas de reproducción y cría para especies de alrededores, incluyendo peces, tortugas y mamíferos marinos».
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Por último, «las actividades propias del proyecto deberán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución».
En esta línea, se obliga a las autoridades administrativas a que «propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del proyecto, para cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente», remarcaron.
A partir de los requerimientos que había planteado la Cámara, los impactos acumulativos del proyecto se expresaron en detalle «y para su valoración debe tenerse presente que –ante la naturaleza y dinamismo del medio marino- existen algunas dificultades concretas y reales para plantearlos con total certidumbre, acrecentándose entonces su nota probabilística», advirtieron.
Los requisitos se relacionaron con la participación de organismos como la Administración de Parques Nacionales (APN), que con la modificación de los estudios, los jueces afirmaron que resulta «innegable» su intervención. Esta administración emitió «la opinión fundada y contundente» sobre el Monumento Natural “Ballena Franca”.
A su vez, remarcaron que se cumplió el requerimiento relacionado a «la valoración de las instancias participativas municipal y nacional«, como fueron las audiencias públicas consultivas del municipio y la consulta popular a nivel nacional. Ambas instancias tuvieron lugar en mayo de este año.
A la fecha ya se han perforado 187 pozos en el mar Argentino «sin registrar incidentes ambientales en sus operaciones. De más está decir que ello no permite asegurar la inexistencia absoluta de riesgos en una exploración futura, pero es claro que menos aún permite avizorar un escenario apocalíptico«, subrayaron. A su vez, la operación debatida es de exploración, «sin que se esté debatiendo aún un proyecto extractivo«, recordaron.
«Los proyectos humanos acarrean usualmente impactos ambientales de diversa índole y calidad, por lo cual es necesario sopesar sus consecuencias, como asimismo los costos y beneficios (patrimoniales y extra patrimoniales) que ellos reportan, en un obligado intento de armonizar desarrollo y la tutela del ambiente«, señalaron.
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