Ley de Hidrocarburos: la reglamentación dejó a medio camino la libre exportación del petróleo

Nación reglamentó hoy por decreto la reforma introducida por la Ley Bases. Brindó nuevos horizontes para envíos de petróleo de largo plazo pero se reservó mecanismos de control previo y dejó para una futura reglamentación el procedimiento para objetar despachos.

El gobierno nacional publicó hoy la reglamentación de las reformas que introdujo la Ley Bases (Ley 27.742) en la legislación de Hidrocarburos del país, la 17.319/67. Por medio del Decreto 1057/24 Nación fijó los nuevos alcances que en el caso de la exportación de petróleo marcaron avances hacia la buscada liberación de las exportaciones, pero no definitivos, dado que el gobierno se «guardó» algunas herramientas de control.

A cinco meses de la aprobación de la Ley Bases las expectativas de las empresas y del gobierno de Neuquén como principal provincia productora estaban puestas en dos puntos clave: los precios internos y la liberación de las exportaciones, ya que ambos temas se interrelacionan.

En el primer caso, la norma marcó que el precio del petróleo será libre dentro del país, rigiéndose por la oferta y demanda. Es decir que Nación limitó su propia capacidad de intervenir los precios, algo que se había propuesto como principio en la Ley Bases.

Sin embargo, en lo que hace a las exportaciones se marcó el derecho a la libre exportación, pero reservando a la Secretaría de Energía de la Nación la capacidad de objetar algunas en casos puntuales.

Este punto fue uno de los más rimbombantes de la Ley Bases, que planteó por primera vez el cambio de criterio para el mercado de los hidrocarburos del principio de autoabastecimiento al de máxima renta posible. Sin embargo, el artículo 11 del Anexo 1 del decreto publicado hoy indica que Energía emitirá una futura reglamentación para determinar cómo será el procedimiento de objeción que podrá frenar las exportaciones.

«El línea general el decreto avanza sobre lo que el gobierno viene diciendo de liberar el mercado pero dejan como puertitas abiertas con la suspensión transitoria de las exportaciones ya autorizadas que se plantea y también al no derogar las normas que habilitan el cruce de barcos«, el mecanismo de bloqueo de exportaciones de petróleo vigente, explicó un especialista de la industria.

Si bien se reconoció como muy positivo planteos como que, ante un hecho extraordinario que justifique esas suspensiones transitoria, la reducción de los despachos será equitativa entre los exportadores, fuentes del sector plantearon que «no dejar de ser una incertidumbre, en especial porque dice que se va a reglamentar más adelante».

El anexo específico sobre la exportación y el mercado del petróleo.

Otra fuente del sector planteó que «en general la reglamentación es buena pero es como una contradicción plantear la libertad de exportación y al mismo tiempo querer garantizar el aprovisionamiento del mercado interno, que es el abastecimiento nuevamente».

Un punto sobre el que las fuentes coincidieron en señalar que «mientras el mercado interno esté a precios de paridad de exportación, seguramente estará abastecido, y eso es lo que se busca al plantear que el precio interno es libre».


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