Generación Distribuida: Ahora podés unirte con otros usuarios para compartir la energía renovable

A través de una resolución, el gobierno nacional aprobó la incorporación del "Usuarios Generadores Comunitarios". Dos o más usuarios de la misma distribuidora eléctrica podrán declarar la administración en conjunto de un equipo de generación renovable.

A través del Boletín Oficial, la secretaría de Energía aprobó la incorporación de los «Usuarios Generadores Comunitarios» y los «Usuarios Generadores Comunitarios Virtuales» al marco regulatorio de la Generación Distribuida. Así, dos o más usuarios de la misma distribuidora eléctrica podrán declarar la administración en conjunto de un equipo de generación renovable. Cada uno obtendrá los créditos asociados según su participación. 

La Resolución 608/2023 publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, establece tres usuarios diferentes según su composición: “Usuarios Generadores Individuales”, “Usuarios Generadores Comunitarios” o “Usuarios Generadores Comunitarios Virtuales”.

Los primeros refieren a un único usuario con un equipamiento de generación distribuida para su autoconsumo y que inyecta el excedente de energía a la red. Los comunitarios comprenden a un grupo de dos o más usuarios de la misma distribuidora eléctrica que podrán declarar la administración en conjunto de un equipo de generación renovable.

Los usuarios comunitarios «pueden tener puntos de suministro diferentes. El equipo de generación puede estar en un punto distinto que no pertenezca a ninguno de estos usuarios y se ponen de acuerdo en armar este parque generador», explicó la directora de Evaluación de Proyectos y Regulación de la secretaría De Energía Eléctrica de Río Negro, María Rubio en diálogo con Energía On.

Por ejemplo, varios usuarios radicados en un parque industrial pueden «en uno de los terrenos de alguno o en otro sitio, instalar un parque generador fotovoltaico que sea del parque industrial, donde los usuarios colectivos estén dentro de ese espacio. El equipo de generación puede estar localizado en un lugar aparte«, explicó la referente. Lo mismo puede suceder con usuarios residenciales.

Los usuarios comunitarios virtuales tienen las mismas características que los comunitarios. Se le suma que la demanda e inyección total esté monitoreada en tiempo real por medidores. Permitirá «un balance entre las energías demandadas e inyectadas del sistema comunitario, distinguir la inyección del autoconsumo total del conjunto de usuarios y valorizar la energía autoconsumida», dice la resolución.

Desde Nación «abren la posibilidad de que en un futuro se cuente con equipos de medición a nivel de usuario que sean automáticos y que puedan medir la energía que se está inyectando y la que se está demandando en forma simultánea para hacer los cálculos en tiempo real», detalló Rubio. Por el momento, no se dispone de equipos de este tipo para usuarios finales.

Dentro del llamado Contrato de Generación Eléctrica bajo Modalidad Distribuida Comunitaria deberán incluir el porcentaje de participación de cada uno de los usuarios para distribuir los créditos asociados a la inyección de energía entre los participantes.

A la vez, los usuarios generadores se dividen según la potencia instalada. Los pequeños (UGpe) no superan los 3 kW; los medianos (UGme) estarán conectados a la red de distribución en baja o media tensión de una potencia mayor a 3 kW o hasta 300 kW. Mientras que los mayores (UGma) estarán conectados a la red para una potencia mayor a 300 kW y hasta 2 MW.


Generación Distribuida: qué falta para poder iniciar el trámite y ser Usuarios Comunitarios


Las distribuidoras de energía eléctrica de Neuquén marcaron que aún no hay novedades sobre cómo llevar adelante el trámite de Usuarios Comunitarios porque no está reglamentado. En el caso de Río Negro, Rubio explicó que están en proceso de reglamentar su nueva Ley 5.617 de Generación Distribuida. La provincia inició su recorrido en el marco normativo para este tipo de generación en 2017.

Sin embargo, adelantó que «los usuarios que decidan tener una generación colectiva tienen que ponerse de acuerdo en el parque generador que van a instalar y la proporción que le va a significar a cada uno para que le apliquen el porcentaje de descuento de bonificación». Estimó que el resto del trámite será similar al que lleva a cabo un usuario generador individual.

Los usuarios comunitarios son una incorporación que otras provincias ya tienen en marcha como Córdoba, Santa Fe y Mendoza. En Río Negro, existe la categoría de Usuarios-Generadores Colectivos que es «exactamente igual» al definido por Nación según explicó la referente.

La resolución de Nación establece que los usuarios podrán «conectar Equipos de Generación Distribuida Comunitaria a la red de distribución hasta una potencia equivalente a la suma de las potencias contratadas por cada uno de los usuarios que conformen el grupo«. En caso de requerir más, deberán solicitar una autorización especial al Ente Regulador Jurisdiccional antes de iniciar el proceso de conexión.


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