Autodespacho de combustibles: lo oficializó el Gobierno de Milei, cómo funcionará
Se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.
El Gobierno de Javier Milei publicó este miércoles en el Boletín Oficial la disposición que permite el autoservicio de combustibles en las estaciones de servicio. El decreto 46/2025 firmado por la Secretaría de Energía reglamenta la posibilidad de que un usuario pueda despacharse nafta y gasoil por si mismo.
Para el Gobierno, la medida impactará en “un precio diferenciado más bajo, con claro beneficio para el consumidor”, ya que las estaciones de servicio tendrán menos gastos.
Se trata de una actividad que está permitida en países como Estados Unidos, Uruguay y Paraguay, además de estados integrantes de la Unión Europea.
El anuncio lo había efectuado el año pasado el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, pero recién se oficializó este miércoles con su entrada en vigencia en el Boletín Oficial.
Autodespacho de combustibles: cómo funcionará
La idea de los estacioneros es comenzar a brindar un servicio mixto, en el que se incorporará el autodespecho, pero se mantendrá a los playeros para cargar el combustible de la manera habitual.
Señalaron desde el Ejecutivo que el autoservicio puede ser útil para los horarios nocturnos y las pocas fechas en el año en que las estaciones de servicio no funcionan, como Navidad y Año nuevo en ciertos horarios.
Autodespacho de combustibles: dónde hubo pruebas pilotos
En la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza se dieron pruebas piloto de este nuevo sistema en estaciones de servicio de YPF y Shell, luego de que se expidieran permisos especiales, ya que comenzaron antes de que la norma estuviera reglamentada.
El autoservicio de combustibles no se aplicará, en principio, en provincias como Buenos Aires, La Pampa y Jujuy, donde está prohibido implementar este tipo de servicios, de acuerdo a lo que establecen leyes locales, que restringen la operación de surtidores a personas ajenas al personal de las estaciones de expendio.
Autodespacho de combustibles: qué determinó el Boletín Oficial
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación deberá determinar los requerimientos necesarios para quienes soliciten la implementación de esta modalidad. Además, deberá dictar las normas complementarias o aclaratorias necesarias para la implementación de la medida.
«El autoservicio de combustibles posibilitará que las estaciones de servicio que actualmente restringen sus horarios comerciales puedan ofrecer un servicio continuo durante las 24 horas del día con un costo operativo menor, lo que resultará especialmente beneficioso para aquellos que necesitan cargar combustible en horarios no convencionales», sostuvieron desde el Gobierno nacional.
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