Fernández dispuso que Bariloche pase a distanciamiento social
La nueva norma está a la firma del mandatario y se anunciará en las próximas horas. Estará en vigencia hasta el 31 de enero de 2021.
El presidente Alberto Fernández ya tiene sobre su escritorio el decreto que extenderá hasta el 31 de enero de 2021 las medidas de prevención sanitaria en el país para tratar de contener el avance del coronavirus. El jefe de Estado decidió incluir al departamento Bariloche, entre los lugares del país, donde se aplicarán las medidas del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo), informaron fuentes oficiales.
El anuncio llega justo antes de que comience la temporada de verano 2020/2021 en Bariloche. Entre los prestadores de servicios turísticos cruzaban los dedos para que Nación saque a Bariloche de las medidas de ASPO. De todos modos, la ciudad sigue con circulación comunitaria del virus que transmite la COVID-19.
Solo Bariloche y Puerto Deseado eran los únicos sitios de la Argentina donde se aplicaban las medidas sanitarias del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Sin embargo, en el decreto que el Presidente firmará en las próximas horas ningún aglomerado urbano, ni departamento ni partido de las Provincias argentinas se encontrará alcanzado por las medidas del ASPO. Por eso, todos los departamentos de la provincia de Río Negro y de Neuquén pasan a DDISPO.
Una vez que se oficialice el decreto, la gobernadora Arabela Carreras podrá coordinar con los intendentes rionegrinos las nuevas medidas para el desarrollo de las actividades económicas y sociales en cada una de las ciudades y localidades rionegrinas.
En el decreto que el Presidente se dispone a firmar sigue vigente la distancia mínima de 2 metros entre las personas, el uso de tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales.
Aclara que solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas permitiendo como máximo el uso del 50% de su capacidad.
Estarán prohibidas las siguientes actividades: los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.
La realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas.
La práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los y las participantes. Además, seguirán prohibidos los cines, teatros, clubes y centros culturales.
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