El miércoles se conocerá el veredicto del caso Facundo Agüero

Este mediodía se realizaron los alegatos de cierre y los jueces indicaron que el falló se conocerá en 48 horas. 

Facundo Agüero estuvo presente en la última jornada del juicio. (Foto: Gentileza.-)

El tribunal integrado por los jueces Diego Piedrabuena, Andrés Repetto y Daniel Varessio darán a conocer el miércoles al mediodía su fallo sobre la responsabilidad de los cuatro policías que golpearon brutalmente a Facundo Agüero y a quienes la fiscalía les atribuyó ser los responsables de haberle provocado un enfermedad incurable.

Este mediodía culminó el juicio de responsabilidad contra los policías Romualdo Mardones Vázquez, Lucas Exequiel Medina, Pablo José Escudero y Juan Alberto Rubilar.

En el cuarto y último día de juicio declaró el último testigo citado por la defensa de Rubilar, ejercida por Gustavo Lucero y Daniela Ossa. Se trató de un médico forense de la justicia que realizó pericias en dos oportunidades cuando Facundo estaba internado en la terapia intensiva del hospital Castro Rendón.

El profesional brindó una teoría distinta a la junta médica que declaró el viernes y sostuvo que el cuadro clínico e irreversible del joven estuvo relacionado al consumo de cocaína y mencionó que el muchacho tuvo «síndrome de delirio agitado», una versión que ya había trascendido públicamente. El abogado de la querella, Emiliano Saavedra, cuestionó esta versión y apuntó que para que se cumpla este cuadro no debería haber una agresión previa contra la persona que lo padeció.

Al finaliza los testimonios se realizaron los alegatos de cierre donde la fiscal Valeria Panozzo reiteró su pedido de que los cuatro hombres sean acusados por: en el caso de Medina, vejaciones en carácter de coautor (artículos 144 bis inciso segundo y 45 del Código Penal). A Mardones Vázquez, vejaciones en concurso ideal con lesiones leves en carácter de coautor (artículos 144 bis inciso segundo, 54, 89 y 45 del Código Penal). 

A Escudero vejaciones en concurso ideal con lesiones gravísimas en carácter de autor (artículos 144 bis inciso segundo, 54, 91 y 45 del Código Penal). En cuanto a Rubilar vejaciones en concurso ideal con lesiones gravísimas por omisión impropia en carácter de autor (artículos 144 bis inciso segundo, 91, y 45 del código Penal).

Todos los defensores particulares en tanto apuntaron a la falta de evidencia y puntualizaron que la situación que desencadenó el cuadro de Facundo fue el consumo de cocaína. En cada caso Lucero (por Rubilar), Marcelo Sterz (Escudero y Mardones Vázquez) y Daniel Vergez (Medina) pidieron respectivas absoluciones de sus clientes.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscribite desde $999 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora