El lunes vuelve a trabajar la Justicia y agosto empieza con muchos cambios

“Ahora el Código rotundamente le prohíbe al juez investigar y reduce su participación a un control de las garantías constitucionales”, explicó Carlos Mussi.

El lunes será diferente el regreso de la feria para la Justicia rionegrina. La implementación del nuevo Código Procesal Penal significa un cambio total de roles para los jueces de Instrucción Penal que pasarán a ser de Garantías y para los fiscales que pasarán a tener un protagonismo absoluto en la investigación de delitos.

No habrá más procesamientos sino formulación de cargos que estará a cargo de los fiscales y un control de los jueces de las garantías constitucionales.

La carga del trabajo pasará a las fiscalías y se aliviará para los jueces que, entre otros aspectos, no deberán abandonar descanso, festejos, reuniones recreativas durante las noches de turno, por ejemplo.

Todo está listo para la puesta en marcha de este desafío judicial sobre el que aún no opinó la sociedad del vecino común que reclama esclarecimiento rápido y, sobre todo, la sanción de la prisión para quien le robó, lastimó o en el peor de los casos a quien le arrebató un ser querido.

Los actuales jueces de Instrucción Penal pasarán a ser de Garantías.

El de mayor trayectoria y quien estuvo estos últimos 13 meses a cargo de dos juzgados, Carlos Mussi, sostuvo que “seguiremos interviniendo en todo aquello vinculado a las garantías constitucionales como detenciones, allanamientos, intervenciones telefónicas y en todas aquellas circunstancias que se entienda pueden ser afectadas”.

Agregó que hasta ahora el juez de Instrucción mantuvo un compromiso con la investigación “por el sistema mixto que teníamos el juez, a partir del impulso de la acción fiscal, también investigaba y sobre el aporte de pruebas de ambos resolvía. Ahora el Código rotundamente le prohibe al juez investigar y reduce su participación a un control de las garantías constitucionales que no se afecten a partir de los planteos que haga la fiscalía que llevará en cabeza la investigación”.

Graficó que ante un delito determinado el fiscal tomará intervención y deberá pedir un turno de audiencia a la oficina judicial para que le asigne un juez a quien le presentará el proceso. La misma oficina gestionará la intervención del defensor para el imputado y “el juez hará de árbitro. Será un funcionario que no conocerá más de lo que se le presente en esa audiencia pública”.

En ella el fiscal presentará el pedido de formulación de cargos – similar a lo que era la declaración indagatoria- informará sobre el hecho, la calificación y la prueba contra del imputado.

En ese momento podrá pedir medidas cautelares que pueden ser restrictivas de la libertad o preventivas como una prohibición de acercamiento, por ejemplo.

La prisión preventiva será dispuesta o no por el juez a pedido del fiscal, una vez que escuche a la defensa y evalúe sino han sido afectadas garantías constitucionales.

Algunos aspectos elementales

Cuando se comete un delito la investigación está a cargo exclusivamente de los fiscales.

Los jueces y juezas se integran en un foro y al
no participar de la investigación no pueden ordenar pruebas de oficio, ni interrogar a testigos, víctimas e imputados.

El nuevo sistema profundiza la solución alternativa de conflictos mediante criterios de oportunidad como conciliación y mediación.

El nuevo Código impone plazos breves e improrrogables para cumplir cada etapa del proceso hasta su finalización.

El tema de los tiempos, clave en la investigación

Con la aplicación de este nuevo Código el objetivo es que las investigaciones sean más rápidas. Y en este sentido en las audiencias de formulación de cargos, el juez deberá preguntarle al fiscal el tiempo que requerirá para esa investigación y en función de eso el juez le dará o no ese plazo que podrá acortar o extender. El fiscal podrá pedir prórrogas pero serán más breves que las actuales.

Consultado sobre si esto garantizará que los hechos sean más esclarecidos que antes, Mussi señaló que “eso dependerá de cada hecho e investigación. Eso es lo que ha pedido el legislador en esta ley. La eficacia se verá en los resultados de las investigaciones”.

Agregó el magistrado que ante esta desaparición literal de los juzgados penales fue transferido personal a las fiscalías y defensoras, teniendo en cuenta la experiencia de tantos años de trabajo y el ingreso de 300 causas por turno en cada uno de los dos penales que existían.

También detalló que fueron derivadas a las fiscalías casi 1.200 causas entre los dos juzgados, tras un trabajo de depuración de los expedientes.

Negó el juez Mussi que queden causas atrasadas y que sólo quedaron en los juzgados aquellas recientes con personas detenidas.


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