Impuestos y privilegios

La inclusión de jueces, funcionarios y empleados judiciales en el pago del Impuesto a las Ganancias en el proyecto de presupuesto 2023 volvió a abrir el debate sobre uno de los tantos privilegios irritantes de nuestro sistema impositivo, que grava desmesuradamente a la producción, el trabajo y el comercio en desmedro de los ingresos reales de las personas físicas o jurídicas.

La iniciativa tiene el apoyo no sólo del oficialismo, sino también varios opositores. Plantea que los integrantes del Poder Judicial designados antes del 2017 también serán alcanzados por Ganancias, ya que el costo fiscal de la exención estimado en $237.850 millones para 2023 “es un privilegio inaceptable en la sociedad argentina”. Apunta no solo a magistrados; también a funcionarios, empleados y jubilados de Nación, provincias, CABA y del Ministerio Público.

La reacción no se hizo esperar. La Corte Suprema se reunió de urgencia para rechazarlo y ya se conoció igual postura de las entidades de la “familia judicial”: asociaciones de jueces, camaristas y el gremio de empleados judiciales, entre otros. Los argumentos: la “intangibilidad” de los sueldos de los jueces, la negativa a considerar el salario como ganancia y el “avance del Ejecutivo sobre la independencia del Poder Judicial”.

El debate es de larga data. Ya en 1936 La Corte rechazó el tributo amparándose en el artículo 110 de la Constitución que señala que los jueces recibirán una compensación por sus servicios, y que ésta “no podrá ser disminuida de manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”. En 1996, el Congreso eliminó el artículo de la ley de Ganancias que eximía a los jueces, pero también la Corte anuló la medida. En 2016, otra ley, la 27.346, estableció que jueces, magistrados y funcionarios nombrados después de 2017 paguen Ganancias, aunque una serie de recursos judiciales limitaron su aplicación. Pese a que la actual Corte declaró constitucional esa ley, en la práctica menos del 40% paga el tributo.

La prohibición constitucional es una protección para evitar que el Ejecutivo presione a los jueces bajándoles arbitrariamente ingresos, pero de ninguna manera significa que no deban pagar todos los impuestos y contribuciones que corresponden a los ciudadanos, por el principio de igualdad ante la ley (artículo 16 de la CN). Además, al eximir a otros funcionarios y empleados creó un privilegio corporativo, ya que mientras un juez que gana entre 1 y 2 millones de pesos mensuales no abona el impuesto, sí lo hace un trabajador privado o estatal que cobra más de $330.000.

Aunque se argumenta que el monto es ínfimo sobre el presupuesto total, se calcula que con este ingreso se podría casi duplicar la inversión energética, sextuplicar el fondo de infraestructura escolar e incrementar un 25% el presupuesto de Salud o 50% el de Ciencia y Tecnología.

Si bien “el salario no es ganancia”, eso debiera ser parte de una discusión del sistema impositivo y no un blindaje corporativo. Según la OCDE, los impuestos a los ingresos personales y empresarios en países desarrollados (incluye salarios altos) recaudan un 10% del PBI, mientras en Argentina Ganancias sólo aporta un 2.4%. Las cargas sociales (incluye salarios bajos) representan el 5,8% del PBI e Ingresos Brutos (a la producción) llega al 4%. El objetivo debiera ser, no bajar la incidencia de Ganancias, sino mejorar su diseño para financiar de forma más justa al Estado.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez advierte que es probable que el proyecto quede entrampado en planteos judiciales por quienes consideran un derecho adquirido no pagar Ganancias. Pero agrega que el no tributar mientras sectores de menores ingresos sí lo hacen, en medio de la crisis económica y social actual, le genera “un costo político enorme al Poder Judicial”.

Los magistrados debieran entender que su función no les genera inmunidad para participar junto al resto de los ciudadanos en la tarea de financiar al Estado y que mantener privilegios tiene un gran costo simbólico e institucional, que termina socavando aún más la imagen de la Justicia.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Exit mobile version