InTur, el incentivo que lanza el gobierno para prestadores turísticos
Lo anunció el Ministerio de Turismo de la Nación y consiste en un Aporte No Reembolsable. El objetivo es mejorar la oferta y la calidad de los servicios que se ofrece en todo el país.
Por Cr. Federico Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner Y Asoc.)
El gobierno nacional dispuso por intermedio del Ministerio de Turismo un programa de incentivo para las inversiones turísticas para pequeños prestadores por medio de la resolución 331/2022.
El objetivo del programa es promover inversiones en micro y pequeños prestadores, que les permita mejorar su oferta de productos y servicios turísticos, fortaleciendo el conjunto de la cadena de valor del sector y el desarrollo de las economías regionales.
La ayuda consiste en un APORTE NO REEMBOLSABLE (ANR) para prestadores independientes y pequeños prestadores, con hasta 50 empleados/as a cargo, que desarrollen algunas de las actividades vinculadas con el sector turístico y que tengan un proyecto de inversión que les permita mejorar su oferta de productos y/o servicios.
Para los prestadores turísticos sin empleados/as a cargo, el monto máximo del ANR será de $500.000. El aporte podrá cubrir hasta el 100% del proyecto.
Para prestadores turísticos con 1 a 50 empleados/as, el monto máximo del ANR será de $1.000.000. En este caso se podrá otorgar hasta el 80% del monto total de la inversión, debiendo el beneficiario aportar el 20% restante del proyecto como contraparte.
La solicitud se realiza mediante la página de trámites a distancia (TAD). Se debe presentar vía TAD, una Idea/Proyecto conteniendo el detalle de la propuesta de inversión, la cual deberá ser aprobada. La mencionada Idea/Proyecto deberá incluir un listado con las actividades propuestas, montos y productos verificables.
El solicitante deberá acreditar que desarrolla en el país, por cuenta propia y como actividad principal, una actividad turística.
Las personas interesadas en acceder al Programa deberán ingresar a la Plataforma TAD con clave fiscal, buscar el trámite correspondiente a “INTUR- Presentación de IDEA-PROYECTO” y completar el formulario y adjuntar la documentación requerida.
Es importante destacar que las personas humanas podrán acceder en tanto tengan en su constancia de inscripción en AFIP como actividad principal alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y sus modificatorias.
Podrá financiarse la adquisición de rodados, ambientación y remodelación, y la adquisición de bienes de uso relacionados a la prestación del servicio.
Dicha inscripción deberá ser previa al lanzamiento de la convocatoria. De no encontrarse dentro de las actividades comprendidas en el Anexo mencionado, deberá incluir documentación respaldatoria que permita acreditar que se trata de un prestador turístico.
También es requisito previo contar con el Certificado Pyme vigente.
El beneficiario podrá adquirir Bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles: inversiones en bienes de capital (maquinarias, partes de maquinarias, etc.) y nuevo equipamiento en general, siempre que se encuentren directamente relacionados a la actividad principal del prestador turístico (mobiliarios, electrodomésticos, equipos, hardware y demás). Podrá financiarse la adquisición de rodados y/u otros medios de transporte que sirvan para dinamizar la actividad principal del prestador turístico, siempre y cuando se trate de bienes no registrables.
También se podrá solicitar para adecuación, ambientación, ampliación o refacción de inmuebles: gastos de los materiales para la adecuación, ambientación, ampliación o refacción de bienes inmuebles que impliquen la generación y/o mejora de un servicio turístico. No se podrán incluir en este concepto gastos relacionados a mano de obra.
Para la solicitud el beneficiario deberá completar un formulario donde se indican los bienes a adquirir y además explicar en qué consiste el proyecto de inversión.
La SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES verificará el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y analizará y evaluará las Idea/Proyecto recibidas en base a los criterios de evaluación que se establecen en el Reglamento. Se emitirá un dictamen con el resultado de las evaluaciones.
Una vez realizado el proyecto de inversión, de acuerdo a los plazos declarados en la IDEA-PROYECTO, el beneficiario deberá presentar la rendición de gastos correspondiente y el informe de finalización del proyecto, conforme lo establece el Reglamento.
Se trata por lo tanto de una muy buena iniciativa para mejorar la calidad y las prestaciones de servicios turísticos en una región como la Patagonia.
Dato
- $1.000.000
- El monto máximo del aporte que ofrece el gobierno a prestadores que tengan entre 1 y 50 empleados.
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